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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 102

La protección de asistencia sanitaria, incapacidad temporal e inutilidad en el ámbito de… 2.2. La cotización al Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Los sujetos obligados a cotizar. La cotización al ISFAS es obligatoria para todos los asegurados incluidos en el REFAS, con las siguientes excep-ciones (arts. 7.1 TRLSSFAS y 26 RGSSFAS): 1) Quienes se encuentren en situación de excedencia voluntaria para 2) Los alumnos de los centros docentes militares y de la Guardia Civil, mientras no perciban retribuciones referidas, aun cuando sean en porcenta-je, a uno de los grupos de sujetos incluidos. 3) Los sujetos incluidos en el REFAS que pasen a situación de retiro o 4) El personal establecido en la disp. ad. 1.ª.1 c) RGSSFAS. 5) Los oficiales generales en la situación a extinguir de segunda reserva. 6) Los viudos y huérfanos incluidos en el REFAS. El contenido de la cotización. En el REFAS aparece clara la desco-nexión entre las retribuciones de activo y los haberes reguladores, en la medida que las retribuciones básicas del funcionario (sueldo, pagas ex-traordinarias y antigüedad) dejan de ser el parámetro sobre el cual calcu-lar primero la cotización y después las prestaciones, creándose al efecto unas bases tarifadas, genéricas y no individuales16, al estilo de las bases normalizadas de cotización de otros Regímenes Especiales, como el de la Minería del Carbón o el de Trabajadores del Mar17. Así, la base de cotización será la que en cada momento se establezca como haber regulador a efectos de cotización de derechos pasivos (arts. 7.2 TRLSSFAS y 27.1 RGSSFAS). Para los alumnos que perciban retri-buciones referidas a un grupo de clasificación, la base de cotización será el haber regulador que corresponda a su grupo de clasificación (arts. 7.2 TRLSSFAS y 27 RGSSFAS). El tipo de cotización será fijado anualmente en la Ley de presupuestos generales del Estado (arts. 7.3 TRLSSFAS y 27.3 RGSSFAS). Así, durante 2014 el porcentaje de cotización y de aportación del personal militar en activo y asimilado integrado en el ISFAS queda fijado en el 1,69% sobre 16  Calvo Ramírez, C., «Régimen de clases pasivas de los funcionarios del Estado», 17  Rodríguez Cardo, I. A., La Seguridad Social de los empleados, cargos y servicios 143 atender al cuidado de hijos o familiares. jubilación (art. 7.5 TRLSSFAS). Revista de Seguridad Social 37, 1988, p. 128. públicos, Pamplona, Aranzadi, 2008, p. 113. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 102, julio-diciembre 2014


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