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Memorial de Artillería 171_2

57 Instrucción y Empleo La UDAA de la fuerza conjunta. Actividades en el primer semestre 2015 por D. Juan Jesús Ramírez Ceballos, teniente coronel de Artillería En el anterior número del Memorial de Artillería, el General Jefe del MAAA reflejaba en un detallado artícu-lo su visión de la artillería antiaérea, su situación actual y los retos a afrontar en el futuro inmediato. Entre otros asuntos de interés, el General abordaba la contribución del MAAA a la Fuerza Conjunta, como una de las prin-cipales actividades operativas llevadas a cabo por este Mando en los dos últimos años. En el presente artículo pretendemos ofrecer un balance y resumen de lo que han sido las principales actividades realizadas en este ámbito a lo largo del primer semestre de 2015. ORIGEN DE LA FUERZA CONJUNTA Conviene en primer lugar dete-nerse en el origen de esta Fuerza Conjunta, en aras a comprender la naturaleza de esta contribución, su alcance e implicaciones de todo tipo. Como antecedentes próximos, debe citarse que en junio de 2013 se emitió por parte del JEMAD una Di-rectiva sobre el “Concepto de empleo de las Fuerzas Armadas”. En este de-cisivo documento, el JEMAD detalla su visión acerca de cómo deben con-tribuir los Ejércitos y la Armada a la realización de operaciones militares. Estas últimas quedan organizadas de tal modo que las misiones de las Fuer-zas Armadas en el ámbito operativo pueden quedar englobadas en dos grandes categorías: misiones perma-nentes (orientadas esencialmente a la defensa de los diferentes espacios de soberanía nacional) y otras denomi-nadas de reacción (entre las que que-darían incluidas las contribuciones nacionales a los diferentes contingen-tes multinacionales que llevan a cabo misiones de seguridad y defensa más allá de nuestras fronteras, en el mar-co de distintas coaliciones y alianzas). En el apartado 4 de esta Directi-va (Diseño de la Fuerza Conjunta), se determina que para la realización de operaciones permanentes (y en con-creto para la vigilancia de los espa-cios de soberanía e interés nacional), la Fuerza Conjunta deberá disponer, entre otros medios, de “un Grupo de Artillería Antiaéreo/Antimisil en dis-


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