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86 Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos (IEEE) Núm. 5 / 2015 4) las diferencias entre la religión dominante y el resto deben apreciarse claramente, incluso en la vida diaria y 5) políticamente, los musulmanes sunníes han de prevalecer en su posición dominante sobre el resto.8 Teniendo todo esto en cuenta, no había inconveniente alguno en mostrar respeto hacia la autonomía jurídica y religiosa para los súbditos de las diversas confesiones: de hecho, la coexistencia religiosa fue en general pacífica, gracias en parte al sentido práctico que habían demostrado los gobernantes otomanos, exceptuando algunos períodos muy concretos del siglo XVIII.9 No obstante, este sistema fue deteriorándose poco a poco, a causa de dos motivos fundamentales: la intromisión de los países occidentales y el propio colapso interno, que igualmente puede atribuirse a la corrupción generalizada que campaba en la clase gobernante de un imperio tan extenso como el otomano. Otros factores relevantes fueron la tendencia descentralizadora en la administración y la crisis económica endémica, cuyas raíces podemos encontrarlas en un uso inadecuado de la tierra.10 El deterioro del sistema de protección jurídica (en turco otomano imtiyâzât), concebido como una extraterritorialidad y pensado en su origen para beneficio de los occidentales residentes en el interior del imperio, fue el primer paso de la crisis del orden social y religioso en las provincias árabes. Este sistema de protección, por medio del cual los extranjeros podían regirse por sus propias leyes, establecer sus propios tribunales de Justicia y gozar de ciertas exenciones económicas, se desvirtuó a partir del último tercio del siglo XVIII. Las potencias occidentales se arrogaron entonces, con un claro objetivo político, el derecho de proteger a las minorías no musulmanas, llegando a obtener esos mismos privilegios para muchos súbditos otomanos con la aquiescencia de los gobernantes.11 Al cabo de un corto espacio de tiempo, la mayoría 8  Cf. Abdullah Saeed, “Rethinking Citizenship Rights of the Non-Muslims in an Islamic State: Rashid al-Ghannushi’s contributions to the evolving debate”, Islam and Christian-Muslim Relations (1999), 308-309. Para una descripción detallada de la legislación islámica al respecto, véase la obra ya clásica de Antoine Fattal, Le statut légal des non-musulmans en pays d’Islam, Beirut: Dar el-Machreq 1995. 9  Cf. Bernard Heyberger, Les chrétiens du Proche-Orient au temps de la réforme catholique (Syrie, Liban, Palestine XVI-XVII s.), Roma: École Française 1994, 51; Abraham Marcus, The Middle East on the Eve of Modernity. Aleppo in the Eighteenth Century, Nueva York: Columbia Univ. Press 1989, 41. 10  Cf. Ignacio Gutiérrez de Terán, Estado y Confesión en Oriente Medio: el caso de Siria y Líbano. Religión, taifa y representatividad, Madrid: CantArabia-Universidad Autónoma de Madrid 2003; Kemal H. Karpat, Studies on Ottoman social and political story: selected articles and essays, Leiden: Brill 2002, 329-344. 11  Cf. Timur Kuran, “The Economic Ascent of the Middle East’s Religious Minorities: The Role of Islamic Legal Pluralism”, Journal of Legal Studies 33/2 (2004), 501-502.; Bruce Masters, Christians and Jews in the Ottoman Arabic Word: The Roots of Sectarianism, Cambridge: Cambridge University Press http://revista.ieee.es/index.php/ieee


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