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167 Marina de Luengo Zarzoso Los retos jurídicos de la responsabilidad de proteger desde la perspectiva de la seguridad y defensa 3.1. Los delitos contra la comunidad internacional en el Código Penal Español Los crímenes de guerra aparecen en el Código Penal español de 199557 bajo la rúbrica “Delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado”, en los artículos 608 a 614, siendo tal regulación elogiada por otros países y sirviendo de modelo en la regulación de los crímenes de guerra58. Esta regulación ha sido recientemente modificada por Ley Orgánica 5/2010, dado que la evolución de la sociedad internacional y de la legislación internacional, así como la consolidación de nuevos conceptos como la responsabilidad de proteger, hacen necesario que la ley penal responda a estas necesidades. Los aspectos más importantes que podemos destacar de esta regulación tras la reforma son los siguientes. En primer lugar, el establecimiento de la imprescriptibilidad de los delitos contra personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado. Se modifica así el apartado 4 del artículo 131, declarando que los “delitos de lesa humanidad y de genocidio, y los delitos contra las personas y los bienes protegidos en caso de conflicto armado, salvo los castigados 57  Así cumplió España con la obligación contraída al ratificar los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y sus dos Protocolos Adicionales de 1977. Los Convenios fijan medidas para proteger personas y bienes durante los conflictos armados y prohíben una serie de conductas para asegurar esta protección, erigiendo las más graves en crímenes de guerra, y estableciendo la obligación de los estados parte de “tomar todas las medidas legislativas necesarias para fijar las adecuadas sanciones penales aplicables a las personas que cometan, o den orden de cometer, cualquiera de las infracciones graves” (art. 49 CGI, art. 50 CGII, art. 130 CGIII, art. 146 CGIV, art. 86.1 PAI). Véase Pignatelli y Meca, F.: “Los crímenes de guerra en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, de modificación del Código Penal”, http://www.cruzroja.es/dih/ pdfs/temas/3_1/3_1.pdf. Consultado el 22 de septiembre de 2013. 58  Esta incriminación se considera pionera y se redactó siguiendo la propuesta elaborada por el Comité de Derecho Internacional Humanitario de la Cruz Roja. RODRÍGUEZ-VILLASANTE Y PRIETO, J.L., “La modificación del Código Penal Español por Ley Orgánica 5/2010, en materia de crímenes de guerra. Un paradigma en la protección penal de las víctimas de guerra”, Revista Española de Derecho Militar, núm. 95-96, enero-diciembre de 2010, p. 151.


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