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REVISTA DE HISTORIA MILITAR EXTRA COLEGIO ARTILLERIA

INGENIERÍA MILITAR DE ARMAMENTO: UN BIEN DE... 331 En el reglamento de uniformidad para el Ejército aprobado por Decreto de 27 de enero de 1943 se definió el emblema del Cuerpo de Ingenieros de Armamento y Construcción, que consistía en un pilar de puente mazonado, sobre el que se sitúan un fusil armado de bayoneta (en banda) y un cañón (en barra), unidos en sus extremos mediante una cinta. El emblema era plateado como el resto de los Cuerpos y Servicios, para diferenciarlos de las Armas que tenían sus respectivos emblemas de oro. El emblema se situaba sobre un rombo esmaltado en rojo (veremos más adelante que este color de fondo serviría para distinguir las diferentes escalas que compondrían el Cuerpo). Por Decreto de 6 de abril de 1943 (DO nº 100) se creó la escala hono-rifica del CIAC junto con la de otros Cuerpos y Servicios del Ejército y se establecieron los perfiles técnicos del personal civil que podría solicitar su ingreso en la misma en cada uno de sus empleos conforme a los siguientes criterios: Con el empleo de comandantes: Ingenieros Inspectores y Jefes del Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado, con categoría de Jefes de Administración. Catedráticos de las Es-cuelas Oficiales de Ingenieros Industriales y de la Facultad de Ciencias Quí-micas, ingenieros directores de importantes empresas o fábricas de interés Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2014, pp. 289-358. ISSN: 0482-5748 militar. Con el empleo de capitanes: Ingenieros jefes del Cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado, con categoría de jefes de Negociado, profesores auxiliares de las Escuelas Ofi-ciales de Ingenieros Industriales y de las Facultades de Ciencias Químicas, ingenieros directores de empresas, fábricas o talleres importantes conside-rados de interés militar. Con el empleo de tenientes: Ingenieros Industriales, de Minas, Doctores en Ciencias e Ingenieros del Instituto Católico de Artes e Industrias. En el mismo Decreto se establecía que los empleos de teniente coronel y coronel se otorgarían de forma excepcional en función del notorio relieve científico y de la importancia de los servicios que habían prestado o que se pudieran prestar al Ejército. Y que se concedería el empleo superior honorí-fico cuando se estuviese en posesión de la Cruz Laureada de San Fernando o de la Medalla Militar Individual. Se disponía que en la escala honorífica solo ingresaran las personas que con las facultades técnicas mencionadas antes no tuvieran las necesarias para su ingreso en la escala de complemento. El Cuerpo tomó forma con el Decreto de 19 de enero de 1943 (BOE nº 20) por el que se dictaminó su organización y plantilla, que en líneas gene-


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