Page 69

REVISTA DE AERONAUTICA 829

75 aniversario EJÉRCITO DEL AIRE 1939-2014 evidente que una traducción pública operativa de la política de defensa debe comenzar por definir las posibilidades de acción en los escenarios de conflicto y amenaza que importan a los españoles4. Esos escenarios son, en gran parte para España, propios y derivan de su historia, posición geográfica y características económicas “que no contempla ningún otro país de nuestro entorno o que pocos contemplan de modo similar al nuestro”5. A ese componente de la política de defensa nacional se suma la posibilidad de un conflicto más global que nos ha llevado a la Alianza Atlántica y a promover la cooperación europea en materia de seguridad. Ese doble componente de la defensa nacional debería ser bien explicado para que la opinión pública comprendiera los decisivos intereses nacionales que debe resguardar la política de defensa como nuestros compromisos bilaterales atlánticos y europeos que también deben ser perseguidos por ella6. Ese doble objeto de la defensa nacional para servir a la política de paz y seguridad que constituye su pretensión última y su justificación, cuenta con la legitimidad que le confiere nuestro texto constitucional y el referéndum sobre la OTAN. El consenso político logrado en la actualidad sobre las líneas directrices de la defensa nacional que se han expuesto, constituye un bien colectivo o común importante que se ha ganado paciente y esforzadamente en los últimos años y cuyo deber fundamental debería airearse ante la opinión pública para ganar su aceptación. Ligar esta defensa de política nacional así definida con nuestros programas de gasto sería el último eslabón de esa política informativa de la que tanto precisa la mejora de la opinión ciudadana sobre la función básica de la defensa nacional. Si ello no se hace, la política de defensa nacional arrastrará el lastre de una opinión pública hoy muy negativa que dificulta si es que no impide el desarrollo de la función pública a la que deben atender los gastos de defensa7. LA OFERTA DE LOS SERVICIOS DE DEFENSA NACIONAL El artículo segundo de la Ley Orgánica 6/1980 de 1 de julio, define la defensa nacional como “la disposición, integración y acción coordinada de todas las energías y fuerzas materiales de la nación ante cualquier forma de agresión, debiendo todos los españoles participar en el logro de tal fin”. Todos los comentaristas de esa definición coinciden en manifestar la extraordinaria lasitud de ese concepto8. Al tratar de hacerlo operativo en cifras, dos son las opciones posibles: 1ª Identificarlo con el presupuesto del Ministerio de Defensa. 2ª. Delimitarlo con los gastos de defensa según el criterio de la OTAN9. Atendiendo al primer criterio, el lector puede encontrar en el artículo de E. Conde –que se publica en este mismo número de la revista– las cifras en las que el gasto de defensa se concreta. Las cifras sitúan el gasto en defensa en torno al 2% del PIB en los últimos años y en una relación con los Presupuestos Generales del Estado del orden del 8,7% (1987) y 8,5% (1988). Sus valores presupuestarios para 1989 parece que reducirán su participación al 7,7%, como consecuencia no de la disminución absoluta de los gastos de defensa sino por el intenso crecimiento de los restantes gastos presupuestarios. Varias son las características que se han destacado para valorar la oferta de los servicios de defensa nacional a que responden las cifras anteriores. Las cinco siguientes parecen fundamentales: 1ª. El gasto público de defensa responde a una función de producción intensiva en la utilización del trabajo que supera a la predominante en el modelo defensivo de los países de Europa Occidental. Así en el periodo 1967-85, los gastos de personal –sin contar las pensiones militares– llegaron a alcanzar el 68% de los gastos de defensa10. Esta situación comenzó a cambiar a partir de 1980, siendo el año 1985 el primero en el que los gastos de personal supusieron menos del 50% de los gastos María Martínez Salgado REVISTA DE AERONÁUTICA Y ASTRONÁUTICA / Diciembre 2013 1019


REVISTA DE AERONAUTICA 829
To see the actual publication please follow the link above