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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 94

la familia, puede acabar volviéndose contra la trayectoria profesional de la embarazada que tiene, por otra parte, derecho tanto a tener una familia, como a que la Administración militar vele por su trayectoria profesional y, en consecuencia, establezca normas y procedimientos que así lo aseguren. 2.3. De la igualdad formal a la material: acciones positivas Como ya se ha señalado, la incorporación de la mujer a las FAS españolas ha sido un hito importante para la consecución de la igualdad constitucional de los hombres y mujeres en nuestro país, y ha sido fruto de una evolución normativa progresiva y progresista en la medida en que desde el primer momento se abogaba por garantizar la efectividad en la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito castrense. Todo ello sin olvidar los dos siguientes datos: a)  Aunque la normativa establezca un régimen de igualdad de derechos y deberes entre hombres y mujeres, mientras las costumbres sociales no se transformen la verdadera igualdad de oportunidades será sólo algo que esté en el papel y no en la realidad social de la nación, ya que el desarrollo profesional de la mujer, y más en las fuerzas armadas en las que la progresión profesional exige cada día más preparación personal, se verá gravemente afectado si una vez finalizada su jornada de trabajo tiene que hacerse cargo del cuidado de la familia y del hogar; b)  La propia conciencia de que ello es así ha llevado al actual Gobierno a adoptar una serie de medidas tendentes a garantizar esta plena igualdad, más allá del contenido de la norma positiva, forzando algunas posturas que mejoren la situación, lo que se plasmó en un documento aprobado en consejo de ministros del 4 de marzo de 2005 denominado «medidas para la igualdad» que establece, entre otras, la necesidad de adoptado medidas dirigidas a la promoción y seguimiento del acceso, integración y permanencia de las mujeres en las Fuerzas Armadas con la creación de un observatorio de la mujer; en segundo lugar, medidas orientadas al incremento de la calidad de vida de las mujer, a través de la adecuación de las instalaciones; por último medidas de carácter conciliador de la vida familiar y profesional, a través del establecimiento de programas para la creación de centros infantiles en 54 establecimientos militares.


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