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REVISTA GENERAL DE MARINA JULIO 2014

recomendaciones sobre seguridad basadas en los resultados generales de las investigaciones de seguridad marítima El análisis de los datos de accidentes marítimos investigados por la Comisión Permanente de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM) hasta la fecha muestra que un número muy significativo corresponde a abordajes, colisiones y embarrancadas, en ocasiones con graves consecuencias. Entre septiembre de 2008 y abril de 2014, la CIAIM ha abierto un total de 217 investigaciones de seguridad. De ellas, 78 corresponden a abordajes, colisiones y embarrancadas, lo que supone el 36 por 100 de los accidentes investigados. Los abordajes, embarrancadas y colisiones no investigados por su nula o escasa gravedad asciende casi al centenar. La causa más frecuente de estos accidentes es la inobservancia del Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes (RIPA) de 1972 por parte de las tripulaciones de los buques. El RIPA es la norma básica que debe seguir un buque para navegar con seguridad, evitando abordajes, embarrancadas o colisiones. Este reglamento es parte del respectivo convenio de la Organización Marítima Internacional (OMI) y es de obligatoria aplicación a prácticamente todos los buques y embarcaciones en todos los mares del mundo. NOTICIARIO El RIPA establece preceptos de vigilancia a bordo y de velocidad del buque, por lo que no solo es eficaz para prevenir los abordajes, sino también las colisiones (impactos de buques contra objetos fijos) y las embarrancadas. Si se mantiene a bordo una vigilancia eficaz visual y auditiva, se usan todos los medios disponibles y se controla la velocidad, tal y como exige el RIPA, se reducirá el riesgo de abordaje y también el de colisionar o embarrancar. El examen de los incumplimientos del RIPA muestra una realidad preocupante, al encontrarse con frecuencia las siguientes situaciones: — Desconocimiento amplio del RIPA por parte de los responsables de la guardia de navegación, a pesar de ser titulares de los títulos profesionales y certificados exigidos. — Incorrectas interpretaciones de preceptos del RIPA. — Exceso de confianza en maniobras, entradas a puerto o en condiciones de visibilidad reducida. — Posponer las inmediatas obligaciones del RIPA frente a otras de a bordo. — Hacer caso omiso de preceptos específicos del RIPA. — Desatender la guardia de navegación para realizar otros trabajos a bordo, justificado por la supuesta tripulación reducida. 2014 163


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