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REVISTA GENERAL DE MARINA JUNIO 2015

TEMAS PROFESIONALES darse la situación de que el propio barco haya sufrido importantes averías que afecten a sus condiciones marineras, siendo imposible mantener el crashsite intacto por seguridad del propio buque y de su dotación. Dejando a un lado las múltiples variables que se pueden presentar en este supuesto escenario, vamos a suponer que no ha sufrido daños de importancia, que estos son escasos y limitados a su cubierta de vuelo. En esta situación, después de haber recibido la notificación de accidente aéreo, esta es comunicada a la autoridad correspondiente. En el caso de aeronaves militares, la CITAAM (Comisión para la Investigación Técnica de Accidentes de Aeronaves Militares) es la encargada; si son aeronaves civiles es la CIAIAC (Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil). La primera tarea de cualquiera de estas comisiones es la designación del equipo investigador, que debe en primer lugar tener en cuenta bajo qué autoridad judicial (juez militar/civil) puede estar desarrollándose la investigación del accidente, y si esta autoridad se personará o no a bordo del buque. Llegados a este punto, es necesario comentar que además de la investigación que realizan las comisiones CITAAM/CIAIAC, que buscan conocer las causas del accidente y recomendar medidas preventivas para que no se vuelva repetir, hay otra paralela que pretende depurar responsabilidades. Esta última es la investigación judicial, y tiene por objeto dirimir negligencias si las hubiere y poder efectuar las posibles compensaciones económicas a los afectados; su finalidad no es la seguridad de vuelo, sino determinar el dolo o culpa de los responsables. La investigación de la CITAAM /CIAIAC debe estar autorizada por el juez instructor del caso que, a su vez, como máximo titular de la investigación judicial, puede hacer uso de los informes técnicos de la CITAAM/CIAIAC. Una vez conseguida la autorización judicial, la autoridad técnica investigadora, y por extensión el equipo investigador, deberá tener en cuenta algunos de los siguientes factores generales dependientes del posible escenario: — Evaluación general del lugar del accidente, localización del buque y posibilidad de que este pueda dirigirse a un puerto próximo. — Medios por lo que se va llegar al país o zona del accidente. — Medios por los que se va a llegar al buque, en caso de que este, por diferentes motivos, no pueda llegar a puerto. — Climatología en el área del crashsite. — Estatus del equipo investigador. Vacunas. Pasaporte en vigor y documentación. — Valorar la necesidad de que forme parte del equipo un médico forense en esta fase inicial de la investigación. — Evaluar el material indispensable del equipo de investigación a llevar a bordo y contar con la necesidad de bolsas/sacos (sudarios) desechables en cantidad suficiente para el pasaje de la aeronave siniestrada. 2015 853


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