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REVISTA GENERAL DE MARINA 270-4 SUP CERVANTES

CARTAS AL DIRECTOR Centenario del Arma Submarina La REvISTA GENERAL DE MARINA de diciembre de 2015, en la sección Cultura Naval, publica una reseña sobre la Exposición «Centenario del Arma Submarina» en el Museo Marítimo de Barcelona (pp. 1.033- 1.035), que firma A. C. i R. (Albert Campanera i Rovira, conocido publicista naval). Si en general la crónica en cuestión —en mi humilde opinión— es correcta y además bien escrita, sin embargo el párrafo tercero (pág. 1.034) de la misma no se ajusta al rigor histórico, pues dice lo siguiente: «La fundación del Arma Submarina en España, en 1915, se debió a la tenacidad del entonces capitán de navío Mateo García de los Reyes, refrendada mediante Real Decreto por Alfonso xIII». Si analizamos en detalle este breve párrafo, a mi juicio redactado con ausencia de rigor histórico y jurídico, podemos concluir lo siguiente: 1º.—La creación/fundación del Arma Submarina en España, como es bien sabido, se efectuó en virtud de la Ley de 17 de febrero de 1915, conocida en honor a su autor intelectual como «Ley Miranda», pues quien la refrenda es el Ministro de Marina, almirante don Augusto Miranda y Godoy (1855- 1920). Por ese motivo y principalmente gracias a él, hemos conmemorado el Centenario del Arma Submarina (1915-2015). Por lo tanto, el Arma no se creó «mediante Real Decreto», sino por una norma jurídica con rango de ley, aprobada en Cortes, con todo lo que eso implica (proyecto de ley, debatediscusión y aprobación, etc.), y su posterior aplicación y desarrollo. 2º.—El rey Alfonso xIII sancionó y promulgó la famosa «Ley Miranda» el 17 de febrero de 1915, con el refrendo de su ministro de Marina, el almirante Miranda. Por lo tanto, al Rey no le corresponde «refrendar» norma alguna. Quien refrenda es la autoridad responsable del acto refrendado, en este caso el ministro de Marina. Al Rey le corresponde constitucionalmente «sancionar y Almirante Augusto Miranda y Godoy. (Museo Naval de Madrid). promulgar las leyes» y «expedir los decretos » acordados en Consejo de Ministros, entre otras funciones. 3º.—En 1915, don Mateo García de los Reyes era capitán de corbeta, no capitán de navío. Ascendió a capitán de fragata en 1919 y a capitán de navío en 1924. Es decir, le faltaban todavía nueve años para alcanzar el empleo de capitán de navío. Como sabemos, don Mateo fue en su condición de primer jefe de la Flotilla (y después también como jefe de la Base y director de la Escuela de Submarinos) el «entusiasta organizador» y gran impulsor del Arma Submarina en sus primeros tiempos. Su contacto inicial con el futuro del Arma Submarina vino de la mano 2016 573


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