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Boletin Infanteria Marina 24

NORMAS DE COLABORACIÓN NORMAS DE COLABORACIÓN DEL BOLETÍN DE INFANTERÍA DE MARINA (BIM) 1. BOLETÍN DE INFANTERÍA DE MARINA. AUTORES El BIM es una publicación oficial, de periodicidad cuatrimestral, que recoge y difunde las opiniones personales, experiencias, y conocimientos profesionales, tanto del personal del Cuerpo como de los restantes miembros de las Fuerzas Armadas, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, y personal civil. En él tienen cabida las opiniones, investigaciones, o estudios que se consideren de interés en relación con la Seguridad y la Defensa, así como con la organización, el personal, la preparación, el empleo, la logística, los proyectos, la historia, la cultura militar, y los valores y tradiciones del Cuerpo. Así mismo, el BIM contribuye a fomentar y mejorar la vinculación entre la Armada y Sociedad para una mayor participación en la cultura de Defensa. En el BIM puede colaborar cualquier persona que presente trabajos originales, inéditos y con una redacción adecuada que, por su tema, desarrollo, y calidad se consideren acordes a la anterior finalidad. 2. DERECHOS. Los autores de los artículos se comprometen a respetar los derechos de propiedad intelectual que pudieran existir sobre los textos, fotografías, gráficos e ilustraciones que presenten para su publicación, en los términos establecidos por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. 3. PRESENTACIÓN DE COLABORACIONES. Los requisitos de los textos, así como del material gráfico que los acompañe, se especifican detalladamente al final de estas normas. 4. DOCUMENTACIÓN. Se remitirán los siguientes datos del autor/es: • Nombre y apellidos. Personal militar: empleo, especialidad fundamental, cuerpo, ejército. Personal civil: breve currículo, licenciatura, diplomatura o título de mayor categoría. • Dirección postal del domicilio, correo electrónico, y/o teléfono de contacto. 5. DOCUMENTOS MONOGRÁFICOS. Los documentos monográficos son trabajos sobre un tema profesional, especialidad, gran unidad, organización, función organizativa, de combate o logística, operación, etc, que se trata de forma unitaria, insertándose como una sección en los números ordinarios. Se confeccionan a propuesta de una autoridad u organización o a instancias del Boletín. Generalmente estos documentos constan de presentación y una serie de 4 a 6 artículos. La extensión total del Documento no será superior a las 15.000 palabras. Su tratamiento es el mismo que el del resto de colaboraciones, que se especifica al final de estas normas. Por la autoridad u organización proponente, se designará un representante para el documento, que se encargará de la coordinación del trabajo con la Redacción del Boletín. 6. NÚMEROS EXTRAORDINARIOS. Los números extraordinarios, en similitud a los documentos, son también trabajos sobre un tema profesional, especialidad, gran unidad, organización, función organizativa, de combate o logística, operación, etc. que se trata de forma unitaria, pero con mayor profundidad, detalle y extensión, reservándose un número completo de la Revista para su publicación. Generalmente los «extraordinarios» constan de presentación y una serie de 10 a 15 artículos, cada uno entre las 2000 y 3000 palabras. Dependiendo del tema, pueden tener distinto tratamiento. Las normas de remisión de textos y gráficos son las mismas que las del resto de colaboraciones. Así mismo, por la autoridad u organización proponente, se designará un representante para el «extraordinario», que se encargará de la coordinación del trabajo con la Redacción del Boletín. 7. PUBLICACIÓN DE TRABAJOS. La Redacción del Boletín acusará recibo de los trabajos, sin que esto comporte su publicación. Los trabajos no publicados serán devueltos a su autor. Para publicar en otro medio de comunicación un trabajo ya publicado en el Boletín de Infantería de Marina, habrá de solicitarse previamente autorización a la misma. 8. CORRECCIONES. El Consejo de Redacción se reserva el derecho de corregir, extractar o suprimir alguna de las partes del trabajo siempre que lo considere necesario y sin desvirtuar la tesis del autor/es. 50 BOLETÍN DE LA INFANTERÍA DE MARINA


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