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Revista General de Marina 269 5 dic

TEMAS PROFESIONALES tos». Esta guía es el documento de referencia, y por tanto, objeto de las siguientes consideraciones. En ella se establece, en el punto 1 del capítulo 3, «Criterios Generales», que la propuesta de las Juntas de Asesoramiento «se basará en el estudio de los siguientes factores: capacidad y prestigio, trayectoria, idoneidad y preferencia». De estos criterios, en mi opinión, la trayectoria e idoneidad para la asignación de mandos de escoltas y patrulleros bien podría ponderarse por el número de días de mar que los candidatos acumulan a bordo de un buque de guerra. En este sentido, de la misma forma que parece obvio exigir perfiles de carrera perfectamente definidos para ejercer el mando de la Flotilla de Aeronaves, de los buques hidrógrafos o de los submarinos, ¿qué puede hacernos pensar que el mando de un patrullero o escolta no requiere la misma consideración? Efectivamente, la guía establece como condición específica para el mando de un buque tipo escolta «haber sido 2.º comandante de un buque escolta durante un año como mínimo, o haber estado destinado, al menos dos años, en este tipo de buques»; pero mucho me temo que esta condición no garantiza el perfil de carrera que se plantea, y que otras marinas de nuestro entorno lo tienen reconocido bajo la denominación de «oficial de superficie». De hecho, en los últimos tiempos hemos asistido a una clara transformación del perfil de carrera de los segundos comandantes, cargo que ha sido notablemente potenciado a tenor de la valoración que contempla la actual normativa para la configuración de los frentes para el ascenso y que en el caso de los escoltas, y con la condición antes señalada, ha supuesto que adquiera aún mayor interés para aquellos oficiales cuya trayectoria se ha desarrollado en otros ámbitos. No obstante, permítanme retomar el valor del día de mar. En línea con lo ya expuesto anteriormente, la baja actividad desarrollada por los buques de la Armada en los últimos años también pone de manifiesto que cumplir un determinado tiempo destinado en una unidad a flote no significa necesariamente sumar un número relevante de días de mar. Un buque de guerra atracado no deja de ser sino un acuartelamiento de reducidas dimensiones, donde el trabajo burocrático, lamentablemente, se convierte en una de las principales actividades del día a día. Este hecho, en mi opinión, no hace sino reforzar como parámetro más preciso el número de días de mar frente al tiempo desarrollado en destinos a flote. En definitiva, lo que se plantea, a falta de un reconocimiento formal de la figura del oficial de superficie, es la consideración del día de mar como un parámetro objetivo a la hora de valorar la trayectoria e idoneidad de un oficial para la asignación de los mandos de los buques de guerra. Quizás ignorar un asunto como este no hace sino dar argumentos a aquellos que de forma abierta o en la intimidad sostienen que la Fuerza no es un fin en sí misma, sino un medio para la consecución de otra clase de objetivos. 2015 955


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