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REVISTA DE HISTORIA NAVAL 127

JAIME ANTÓN VISCASILLAS El almirante don Augusto Miranda y Godoy (1855-1920), creador del Arma Submarina española (colección del autor). caso, en caso contrario se pueden cometer injusticias históricas de gran relevancia ». Conviene, pues, repasar la historia naval española reciente y meditar sobre ella en este sentido. Con ese propósito concibo este artículo: como una reflexión sincera y leal sobre el origen y creación del Arma Submarina española, apoyándome únicamente en sus fundamentos históricos y jurídicos. Antecedentes históricos. La «Ley Maura-Ferrándiz» y los intentos posteriores La primera norma jurídica con rango de ley que menciona los submarinos es la conocida como «Ley Maura, Ferrándiz» o «Maura-Ferrándiz», de 7 de enero de 1908 (Diario Oficial del Ministerio de Marina núm. 5, de 8 de enero de 1908). En ella se enumeraba la composición de la flota que se quería construir, cuya médula fueron los tres acorazados de la clase España, y se preveía la fábrica de «tres destroyers de unas trescientas cincuenta toneladas, a seis mil pesetas la tonelada con armamento completo o tres sumergibles o submarinos de doscientas cincuenta a trescientas toneladas, a siete mil pesetas la tonelada con armamento completo y garantía de constructor especial de esta clase de buques: 6.300.000 pesetas». 44 REVISTA DE HISTORIA NAVAL Núm. 127


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