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REVISTA DE HISTORIA MILITAR 115

LA RETRIBUCIÓN DE LOS SERVICIOS MILITARES EN LA... 63 y lo que significaban. Sus intenciones con respecto a esta materia quedaron definidas en 1626, cuando elevó una propuesta para establecer una serie de premios (siete) que serían concedidos de manera inequívoca a cambio de servicios militares29. Sus argumentos, tendentes al establecimiento de un eficaz sistema de recompensas, fueron reivindicados por otros autores. Uno de ellos fue fray Benito de Peñalosa, quien a finales de la década de los 20 propugnó que se otorgara la condición de hidalgo, sin necesidad de acudir a los tribunales, a cualquier militar que alcanzara el grado de maestre de campo30. Con ello se conseguiría aumentar el prestigio de la profesión de las armas, reforzando el vínculo que unía a la nobleza (en este caso la hidalguía) con la guerra y, en mi opinión más importante, se establecía una relativa seguridad de que los méritos contraídos serían gratificados (pese a que su efecto se reducía a unos pocos afortunados). Pero los planteamientos de Peñalosa deben ser interpretados como parte de un objetivo mucho más ambicioso: la configu-ración de una nobleza de servicio, si bien no exclusivamente militar, donde los hábitos de las órdenes militares estaban llamados a ser la piedra angular sobre la que se sustentaría todo el entramado. A este respecto, propugna una vuelta a un pasado idílico, donde estas mercedes se concedían únicamente a quienes hubieran realizados méritos suficientes, al contrario de lo que suce-día en esos momentos, con el objetivo de ofrecer atractivos suficientes para iniciarse en la milicia, y también para que los veteranos no abandonaran su profesión ante la falta de alicientes31. Juan Caramuel Lobkowitz32, religioso de la orden cisterciense, in-trodujo una importante novedad en lo relativo al modo en que se debían gratificar los servicios, pues se mostró partidario de que se concedieran con anterioridad a los méritos realizados. A la hora de dar forma a esta idea par-tió de un argumento de tipo semántico, pues considera que el término «pre-mio » en realidad significa «previo». De esta interpretación coligió que las 29  ELLIOTT, John Huxtable y DE LA PEÑA, Juan Francisco: Memoriales y cartas del Conde Duque de Olivares, vol. II. Política interior: 1627 a 1645. Ed. Alfaguara. Ma-drid, 1981, pp. 146-147 (nota 69). 30  PEÑALOSA, Benito de: Libro de las cinco excelencias que despueblan a España para su mayor potencia y dilación. Ponderanse para que mejor se adviertan las causas del despueblo de España. Pamplona, 1629, fol. 95r. 31  Ibídem, fol. 104r. 32  Sobre la figura de este prolífico autor, cuyos trabajos abarcaron todas las disciplinas de su tiempo, así como las circunstancias que motivaron la aparición de la obra que da pie a estas reflexiones, véase: VELARDE LOMBRAÑA, Julián: Juan Caramuel. Vida y obra. Ediciones Pentalfa. Oviedo, 1989. MÍNGUEZ CORNELLES, Victor Manuel: «Juan de Caramuel y su Declaración Mystica de las Armas de España», en Archivo Español de Arte, n.º 320, 2007, pp. 395-410. Revista de Historia Militar, 115 (2014), pp. 55-88. ISSN: 0482-5748


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