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34 BIP La situación final permitirá a aquellos que acceden al mando en la primera convocatoria comenzarlo en el segundo año de CC y realizar el CEMFAS, a continuación, en el cuarto año y en caso de acceder al mando en la segunda convocatoria disponer de una segunda oportunidad para acceder al CEMFAS. Medidas adoptadas relativas al MANDO: — Adelantar la asignación un año incluyendo progresivamente porcentajes de ciclos de ascenso posteriores a los inicialmente previstos. — Para la asignación de mandos del ciclo 15/16 se incluirán los ciclos de ascenso 11- 12 por tercera vez, el ciclo 12-13 por segunda vez, el ciclo 13-14 por primera vez y la primera mitad del ciclo 14-15, que tendrán acceso a un número determinado de mandos. Al año siguiente, el ciclo 12-13 entrará por tercera vez, el 13-14 por segunda vez, el 14-15 (completo) por primera vez y dos tercios del 15-16, con acceso a un número determinado. Y así, sucesivamente, hasta completar las tres convocatorias por oficial. Medidas adoptadas relativas al CEMFAS: — Incrementar el número de plazas en las próximas convocatorias. — Asignar un número determinado de plazas a cada ciclo de ascenso en función del número de componentes del ciclo y con independencia del momento en el que sean convocados. — Convocar exclusivamente a los oficiales que estén en disposición de hacerlo el año de la convocatoria sin reserva de plazas. — Permitir el acceso a las convocatorias, al menos dos veces, y con una distribución que permita acceder al mando y al CEMFAS. Fase de transición: — Hasta estabilizar la situación final, (CEMFAS 18/19), se convocará al CEMFAS a aquellos ciclos de ascenso que no estén implicados en el cumplimiento de destinos de mando, evitando la reserva de plazas y asegurando que en la selección participan todos los interesados en las mismas condiciones. Protección de datos de carácter personal en la Armada Con objeto de cumplimentar lo estipulado en el punto 4.6.1 de la IPOR 02/2011 del AJEMA, relativa a “Protección de datos de carácter personal en la Armada”, todo el personal de la Armada deberá cumplimentar y firmar la nueva Cláusula de Confidencialidad LOPD, cuyo modelo se ha publicado por varios medios. De acuerdo con las instrucciones del ALPER, emitidas por SACOMAR, las cláusulas deberán ser remitidas por los Jefes de Unidad a la SUBDIGPER para su inclusión en el expediente personal de cada miembro de la Armada. Las cláusulas que hayan sido recibidas conforme al modelo anterior serán destruidas. Usuarios de Alojamientos Logísticos de la Armada. Visitas de familiares Cuando un residente en régimen de ALA reciba la visita de un familiar beneficiario de pleno derecho, podrá alojar a dicho familiar en las siguientes condiciones: — Cuando la habitación del ALA disponga de una cama libre, así como de servicios esenciales tales como baño propio, el titular del derecho abonará únicamente el precio público (canon) establecido para él, sin cargos adicionales, siempre que la estancia sea inferior a diez días y no se precise antes la otra cama para otro solicitante con derecho a ALA.


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