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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 101

Pablo Pérez Florido Extra Duties/ Servicios extraordinarios aquellos que de ordinario tenga asignado el sancionado. importantes límites38, así: clásico servicio de fajina; esto es aquellas tareas adicionales que extraordinariamente (pero no necesariamente por motivos disciplinarios) se imponían a la tropa en los ejércitos, así, clásicos como la limpieza de letrinas, cavado de zanjas y trincheras etc. acudir tanto a las reglamentaciones aprobadas para cada Ejército, así como a las máximas de experiencia acuñadas en el seno de los mismos. en obligar al sancionado a efectuar la limpieza de barracones o instalaciones con un cepillo dental. de los suboficiales a los miembros de tropa o marinería que ostenten un empleo E-4 o supe-rior; 140 Comporta esta Sanción la imposición de servicios extraordinarios a Tal sanción puede comportar la imposición de “Fatigue Duties”37. La imposición de esta sanción se encuentra no obstante sometida a 1. Han de tratarse de servicios de naturaleza (y utilidad) inequívoca-mente militar. 2. No podrán entrañar un riesgo o peligro para la salud y seguridad del sancionado ni merecer la consideración de castigo cruel, in-usual o degradante. 3. Deberán adecuarse a los usos y costumbres a los que de ordinario se anude el desempeño del servicio en cuestión, evitando que el cumplimiento del mismo coloque al sancionado en una situación ridícula o degradante39. Así mismo se contempla que, cuando la sanción se imponga a subofi-ciales (NCOs) o determinados miembros de las clases de tropa o marine-ría40, los servicios extraordinarios a imponer no deberán resultar degra-dantes al empleo que ostenten41. 37  Con esta expresión, cuya traducción sería la de servicios de fatiga, aludimos al 38  Para la correcta comprensión e interpretación de los límites expuestos será preciso 39  Así el A.R 27-10 se refiere expresamente al “cinematográfico” castigo consistente 40  En concreto el MCM se refiere a “petty officers” con lo que nos referimos, además esto es los empleos de “corporal” ó “Specialist Four”. 41  Con ello se pretende evitar que el reproche disciplinario pueda trascender del pro-pio sancionado, deslegitimándolo de un modo inaceptable a los ojos de sus subordinados. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 101, enero-junio 2014


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