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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 101

José Vicente Lorenzo Jiménez 3.- La existencia de jurisdiciones superprivilegiadas unos tribunales y ámbitos de atribuciones específicos. Esto era lo que pa-saba que veremos en su momento. No obstante, todas estas jurisdicciones par-ticipaban pautas de las Ordenanzas de Carlos III. 4.- Los órganos de la jurisdición militar la jurisdicción militar y las atribuciones de esta, no puede prescindirse de hacer una breve mención a los órganos que ejercían tal jurisdicción. efectivamente los ejercía, bien a través de la elevación de consultas, bien aprobando o rechazando determinadas sentencias. Por otra parte, como ve-remos tendencia a resolver los litigios en el ámbito de los respectivos Cuerpos y a tratar de evitar el conocimiento de órganos ajenos, y en particular de los capitanes generales y del Supremo Consejo de Guerra, accediendo directa-mente sus juzgados y los Consejos de Guerra. militar. Conocía de ciertos asuntos en única instancia y también de recur-sos breve tiempo (1807-1808) en materias de Marina se constituyó el Consejo de Almirantazgo. las estrictamente militares, constituían la autoridad judicial militar. Tales funciones las ejercían mediante el juzgado de la capitanía general, estando asesorados por los auditores. Con carácter general el juzgado de la capita-nía fuero militar ordinario que no correspondieran a los Consejos de Guerra 178 Existía otra característica de la jurisdicción militar, y era la de su frag-mentación. Dentro de la jurisdicción militar determinados Cuerpos tenían con los Guardias reales, los Cuerpos de Artillería e Ingenieros, y otros de una cierta unidad al dirigirse al colectivo militar y seguir las Aunque el presente trabajo tiene por objeto estudiar la extensión de En primer lugar, hay que resaltar la figura del rey, que en esta juris-dicción no se limitaba a una mera titularidad formal de poderes, sino que más adelante, cabe observar en los fueros superprivilegiados una al rey como última instancia. Bajo la dependencia del rey, integraban el núcleo básico de la jurisdic-ción militar el Supremo Consejo de Guerra, las capitanías generales con El Supremo Consejo de Guerra ocupaba la cúspide de la jurisdicción y cuestiones elevadas con respecto a las decisiones de órganos inferio-res. Asimismo ejercía una labor de defensa del fuero militar. Durante un Los capitanes generales, cuyas funciones desbordaban ampliamente general era competente para conocer de todos los asuntos relativos al Revista Española de Derecho Militar. Núm. 101, enero-junio 2014


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