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REVISTA GENERAL DE MARINA JUNIO 2015

TEMAS GENERALES — Instrucción 72/2012, de 2 de octubre, del secretario de Estado de Defensa, por la que se regula el proceso de obtención del armamento y material y la gestión de sus programas. No continúo, pues ocuparía páginas sin aportar ninguna idea, solo datos. No parece necesario apuntar que la normativa interna de la Armada ha recurrido a este vocablo de forma casi exclusiva. Como contraposición, la expresión «los Ejércitos» ha tenido una mayor querencia, a pesar de los ejemplos antes aludidos, en los preceptos a nivel ministerial o superior, hasta el punto de encontrar reales decretos y órdenes ministeriales muy recientes, como el Real Decreto 872/2014, por el que se establece la organización básica de las Fuerzas Armadas, o la Orden DEF/166/2015, que lo desarrolla. Entonces, ¿en qué quedamos? Esta situación de cierta incoherencia no se da por dejadez de la Armada que, defensora de sus tradiciones, ha recomendado en reiteradas ocasiones —según me consta desde al menos 2007— sustituir «los Ejércitos» por «los Ejércitos y la Armada». Postura que choca con la mantenida desde el Órgano Central, partidario de una mayor homogeneización a todos los niveles dentro del departamento. Analicemos brevemente ambas alternativas. La opción «los Ejércitos y la Armada» puede considerarse que es un circunloquio que va contra la claridad lingüística y la brevedad, pues puede emplearse la otra opción, más corta. Existe otra posibilidad, citar a las tres organizaciones, «Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire», empleada también en muchas ocasiones y que, si bien es una concesión parcial a la postura de la Armada, desde el punto de vista gramatical empeora el lenguaje adoptando una fórmula perifrástica. Algo así como recurrir al extendido «ciudadanos y ciudadanas» (desdoblamiento considerado artificioso e innecesario por la RAE). Un argumento a favor de «los Ejércitos» sería la coherencia lingüística en caso de que siempre se hubiese utilizado esta expresión; sin embargo, el repaso histórico previo ha demostrado que no ha habido lógica en su utilización, por lo que la coherencia, en este caso, se convertiría en uniformidad impuesta. Precisamente lo contrario de lo que propugna la LODN, que defiende el carácter específico como integrador en una entidad única de cada uno de los componentes de las Fuerzas Armadas. Desde el punto de vista de técnica normativa, la Resolución 28 julio 2005 de la SUBDEF, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de julio de 2005, por el que se aprueban las directrices de técnica normativa, determina entre sus criterios lingüísticos la «adecuación a las 2015 815


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