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REVISTA DE HISTORIA NAVAL 132

EDUARDO BRYANT ALBA Modelo de arsenal del navío Velasco (a) San Luis (1764-1797). Museo Naval de Madrid, núm. inv. 916 va, el cual manifiesta que, de acuerdo con las reales órdenes de su majestad comunicadas por don julián de Arriaga —quien había sucedido como ministro de Marina al marqués de la Ensenada tras el destierro de este—, «ha tratado, convenido y ajustado» con el comandante general y el intendente general del departamento marítimo de Cartagena la construcción y fabricación de seis navíos para la Real Armada, tres de 80 cañones y los otros tres de setenta, al precio de 120.000 pesos (2) cada uno, en rosca (esto es, sin arboladura), y por ello se compromete «a su ejecución en el tiempo y las condiciones que se citan a continuación». Las principales eran: «Que se deberán construir los seis navíos en el Arsenal de Cartagena, bajo la dirección del constructor D. Eduardo Bryant, maestros mayores y Maestranza, ciñéndose precisamente a las reglas que diere el mismo constructor y la aprobación por éste de las maderas, clavazón, hierro y demás géneros que se necesiten. Estos materiales podrán ser facilitados por la Maestranza o traídos del extranjero, según le convenga, viajando por su cuenta y riesgo». »Se le facilitarán almacenes y cubiertas para la conservación de los materiales y fragua adecuada a la magnitud de las obras y, para desembarcar y apilar de forma adecuada, se utilizarán los «moros, presidiarios y peones del arsenal». Para evitar dificultades con esta clase de gentes se limitan su número a cincuenta, con sus respectivos capataces. Asimismo, al final de las condiciones exigidas se insiste en que todas las piezas tendrán las medidas que le diere el citado constructor, sin que pueda el adjudicatario variar cosa alguna, pues todo debe ser bajo la dirección y satisfacción del constructor y maestros mayores del Arsenal». Así pues, se asignaba al constructor la más amplia dirección y supervisión de la obra, lo que implica darle adicionalmente la máxima responsabilidad en el éxito o fracaso de los resultados, siendo el adjudicatario mero ejecutor de las órdenes que reciba. (2) 1 peso = 15 reales de vellón. 70 REVISTA DE HISTORIA NAVAL Núm. 132


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