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REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO MILITAR 105

Beatriz Garrigues Garrido gundo lugar, esta sentencia tiene la peculiaridad de condenar a Jean-Pierre Bemba a tenor del artículo 28(a) del Estatuto, es decir, por sus omisiones como superior162. a) Condenas criminales múltiples. Aplicación del artículo 78.3 del Estatuto para la imposición de penas basan la condena los mismos en ambas condenas163. En este sentido, la CPI se ha planteado la cuestión de si cabe condenar por dos delitos distintos basándose en una misma conducta o si, en cambio, habría que aplicar el principio ne bis in idem, consagrado en el artículo 20 del Estatuto. La CPI hace suyo en este aspecto el razonamiento del TPIY en la sentencia Delalic et al., en la que se establece que: de Derechos Humanos y por la Sala de Apelaciones del TPIY y del TPIR, que han afirmado repetidamente que: «es posible imponer condenas por crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, puesto que ambos crí-menes la existencia de un conflicto armado, que en el caso que nos ocupa es de te.blogspot.com.es/2016/03/hayes-bemba-trial-judgement-memorable.html, consultado el 13/06/2016. autores como Rodríguez-Villasante y Prieto, y Garrocha Salcedo— coincide en considerar que se trata de un supuesto de «comisión por omisión» (regulado en el derecho penal espa-ñol 186 La Corte ha condenado a Jean-Pierre Bemba por violación como cri-men de guerra y como crimen de lesa humanidad, siendo los hechos que «condenas criminales múltiples impuestas bajo distintos preceptos del estatuto pero basadas en la misma conducta son permisibles solo si cada precepto sustantivo (…) tiene un elemento material distinto no contenido en el otro. Un elemento es materialmente distinto de otro si requiere prueba de un hecho no requerido por el otro»164. Asimismo, este razonamiento ha sido seguido por la Tribunal Europeo tienen elementos materiales distintos»165. A grandes rasgos, podemos decir que el elemento material que carac-teriza un crimen de guerra y lo diferencia del crimen de lesa humanidad es 162  Ha habido controversia en la doctrina respecto de la naturaleza de la «responsabi-lidad del jefe» o «command responsibility»; sin embargo, la mayoría de la doctrina —con en el artículo 11 del Código Penal de 1995). 163  CPI, sentencia de 21 marzo de 2016, Prosecutor v. Bemba. Disponible, pár. 743. 164  TPIY, sentencia en Apelación Delalic y otros, pár. 413. 165  CPI, sentencia Prosecutor v. Bemba, párs. 747 y 749. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 105, enero-junio 2016


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