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REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO MILITAR 105

El nuevo cauce de ejecución de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos... la posibilidad de formular una cuestión prejudicial potestativa y con carácter no vinculante al TEDH por parte de los tribunales que cada Estado determi-ne. Los Protocolos 15 y 16 se encuentran pendientes de recibir un número suficiente de firmas y ratificaciones para su entrada en vigor. En términos generales y según los arts. 117.5 CE y 4 de la Ley Orgá-nica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Ju-risdicción Militar (LOCOJM), la jurisdicción militar se extiende a materia penal, tutela jurisdiccional en vía disciplinaria y demás materias que, en garantía de algún derecho y dentro del ámbito estrictamente castrense, ven-gan determinadas por las leyes, así como las que establezca la declaración El Convenio de Roma y sus protocolos son de aplicación al perso-nal militar20, pero con algunas modulaciones21 debido a las peculiaridades existentes en las Fuerzas Armadas y a las necesidades de defensa de los Estados miembros22. Numerosas sentencias del TEDH se han ocupado del derecho militar (derechos sustantivos23, penal y disciplinario) en tiempo de paz y, algunas, de ciertos aspectos relacionados con la eventual aplicación del CEDH en tiempo de conflicto bélico24. 20  Dos trabajos específicos y de interés sobre este objeto son los de Peñarrubia Iza, J. M.ª (2002): «Las principales decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el personal militar», Revista Española de Derecho Militar 79, pp. 29-60; y Ripol Carulla, S. (2007): «La Justicia Militar española ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos», Revista Española de Derecho Militar 89, pp. 15-48. 21  Llevadas a cabo en derecho interno mediante las reservas oportunas al tratarse de un 22  Un estudio comparativo incluyendo a diez países y sus respectivos ordenamientos militares en AA. VV. (2003): European Military Law Systems, Nolte, Georg (edit.), Berlín, De Gruyter Recht. Existe una edición actualizada a 2012. 23  En contraposición a las garantías procedimentales y procesales. Por ejemplo, la vul-neración del derecho a la vida privada del art. 8.1 CEDH en la jurisprudencia sobre expul-sados por su condición sexual de la Royal Navy o la Royal Air Force británicas. 24  En cuanto a las relaciones entre el CEDH y el derecho internacional humanitario, las cláusulas de suspensión del art. 15 y la aplicación extraterritorial del mismo, por ejemplo, a las tropas participantes en misiones internacionales (casos Behrami y Saramati de 2007); vide Nieto Martín, A. (2011): «Los derechos humanos en el derecho penal militar y en la guerra (la jurisprudencia del TEDH y los conflictos armados)», AA. VV., Estudios de dere-cho penal: en memoria del prof. Juan José Bustos Ramírez, México, Ubijus, pp. 921-942. 83 3. LO MILITAR EN LA JURISPRUDENCIA ESTRASBURGUENSE de estado de sitio. instrumento de Derecho internacional. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 105, enero-junio 2016


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