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REVISTA GENERAL DE MARINA OCT 2017

EL CUERPO DE INGENIEROS NAVALES Antonio MORENO-TORRES GÁLVEZ (*) Ingeniero industrial del Estado Introducción (RV) E acuerdo con una tipificación doctrinal clásica, cabe hacer una clasificación de actividades administrativas del ámbito marítimo en aquellas de limitación o policía (ordenación de la industria naval y del tráfico marítimo, inspección de buques y de pesca, vigilancia aduanera, sanidad, higiene laboral…), de incentivación o fomento (1) (apoyo a la construcción naval y a la navegación), de provisión de bienes (infraestructuras marítimas) y de prestación de servicios públicos (seguridad y defensa nacional, portuarios, meteorológicos, hidrográficos, señalización, salvamento…). En casi todas estas actividades se reconoce la necesidad de una intervención facultativa de profesionales de ramas científico-técnicas, que en el caso de los ingenieros ha dado lugar a una corporativización de servicios, en la que los Ejércitos, en su naturaleza de organización de servicio público, donde la tecnología juega un papel clave, fueron pioneros. Una manifestación extrema de esta condición se observa en especialidades como la naval y la aeronáutica, en las cuales las enseñanzas y titulaciones civiles surgieron como spin-off desde los respectivos cuerpos del ámbito militar. El hecho de que los funcionarios de los Cuerpos de Ingenieros Navales y Aeronáuticos sean los únicos de entre todos los ingenieros civiles —Caminos, Minas, Montes, (*) El autor dedica este artículo a su padre, Antonio Moreno Torres, catedrático de Ecuaciones Diferenciales de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales de la Universidad Politécnica de Madrid. (1) Tradicionalmente, competencia de un ministerio con el mismo nombre. 2017 433


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