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RGM DICIEMBRE 2017

LA CADENA DE CusTODIA EN LAs OPERACIONEs DE INTERDICCIÓN MARÍTIMA. RECOMENDACIONEs AL TROZO DE vIsITA y REGIsTRO José GARCÍA MAGARIÑOs Inspector jefe de la Policía Nacional (DEM) As Operaciones de Interdicción Marítima (MIO) en aguas internacionales en las que participan buques de la Armada implican procedimientos de visita y registro, así como, eventualmente, la puesta a disposición judicial de los efectos intervenidos durante su ejecución. Actuaciones ante delitos flagrantes y operaciones de apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado fuera del mar territorial implican frecuentemente la detención de delincuentes en espacios marítimos, sobre la que ya formulamos algunas recomendaciones (García, 2016) que ahora procede completar con una serie de consejos sobre cómo preservar la cadena de custodia desde el mismo momento de la intervención de los efectos hallados en el barco objeto del registro. El presente trabajo pretende tan solo presentar algunas sugerencias de actuación para el comandante del buque actuante y, especialmente, para los integrantes del trozo de visita y registro en aquellos supuestos en los que no está incorporado personal de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado. La jurisdicción universal en las MIO La actuación de los buques de la Armada como policía judicial sui generis se apoya, en términos generales, con la competencia jurisdiccional de las 2017 937


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