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REVISTA DE HISTORIA NAVAL 139 MAS SUP 26

ENRIQUE DE CARLOS BOUTET Requisitos para ser guardiamarina y proceso de admisión Las Instrucciones fijaban unos requisitos para poder ser admitido en la Compañía: ― Hidalguía: «Las circunstancias que debe tener un Guardia Mar.na para ser asentado, y admitido, es la calidad de hijo dalgo à el uso de España» (47); no obstante, se dejaba la puerta abierta al acceso de hijos de oficiales, a quienes se exceptuaba de esa regla de ser miembros del estado noble: «… ò hixo de Capitan inclusive arriba » (48). En 1722 se trataba de animar a los hijos de oficiales a que pudieran acceder a la CGM: «Deseando Yo dar el maior estímulo, aliento y alivio a los individuos que sirven en mi Marina, Declaro que en las vacantes de estas plazas sean preferidos los Hijos de los oficiales de mi Real Armada en quienes concurran las circunstancias que se requieran, y que en falta de ellos entren los hijos de los oficiales de tierra que se inclinaren a la Marina» (49). ― Tener entre catorce y dieciséis años (50). El límite superior quedó ampliado a dieciocho en la copia de 1722 (51). En impreso que circulaba en el siglo XVIII se decía que «solo en atención a una cuidosa educación, viveza, y talentos, les podrá disimular el Capitán dos años más, o menos de la edad referida» (52). ― Saber leer y escribir (53). ― Buen estado físico: «Se prohibirá el que se admitan los que tengan imperfecciones del Cuerpo, los que sean avitualm.te enfermos, y los que por su traza sean indecentes…» (54). ― Aptitud para los estudios: «… o reconozcan incapaces de aprovechar en los estudios, ô tontos» (55). El proceso de admisión tenía dos etapas: (47)  Instrucciones…, art. 16. (48)  Ibídem. (49)  AMN, Ms. 2423, f. 88v. Real Cédula, 30 de mayo de 1722. (50)  Instrucciones…, art. 15. (51)  AMN, Ms. 2423, f. 79v. Copia de Instrucciones de Patiño, art. 17, 30 de mayo de 1722. (52)  «Circunstancias, que han de concurrir en los pretendientes à Plazas de guardias- Marinas, y Documentos, que deben presentar, assi en la Corte, como en Cadiz, donde se halla establecida la Compañía», recogido en VÁLGOMA y FINESTRAT, p. XIV. (53)  Ibídem. (54)  Instrucciones…, art. 17. (55)  Ibídem. 24 REVISTA DE HISTORIA NAVAL Núm. 139


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