Page 63

Revista de Historia Militar 123

DURA LEX SED LEX... 63 cito y sí ir divagando por las garitas y casas de juego y que le ha vendido a su mujer toda cuanta ropa tenía y a toda hora es apaleada».54 En las sumarias abiertas contra Joseph Sanchis, testificó Bautista García, terciopelero: «quien siendo preguntado por el conocimiento, vida y costumbres de Joseph Sanchis, oficial que dijo ser de terciopelero, dijo: que conoce muy bien el testigo al referido Joseph Sanchis, a quien tiene por mozo ocioso, vagabundo y mal entretenido, sin quererse aplicar al trabajo lícito, sí ir divagando por las casas de juego y cuando hay feria en los lugares se pasa a ella con otros semejantes y con diferentes juegos y garitas, y en particular la de los cubiletes, pillan el dinero a los pobres que no entienden de semejantes astucias, en cuyos entretenimientos pasa su vida»55 A la vista de estas declaraciones, el 30 de septiembre el intendente Fonsdeviela determinó que los mozos de este grupo eran «vagamundos, ociosos y malentretenidos, sin quererse aplicar a su oficio». En consecuencia, ordenó que fueran sometidos a un reconocimiento médico para determinar su estado físico, de lo que se encargarían el doctor don Antonio García y el cirujano don Juan Busquet. Una vez examinados, médico y cirujano encontraron que Pedro Joseph Montoya padecía de «esputo de sangre, tos vehemente y que la actual calentura con extenuación manifiesta estar próximo a una tabe tisis pulmonar, accidente de su naturaleza contagiosa»56. Declarado inhábil para el servicio, Joseph Montoya fue trasladado bajo custodia a la sala de calenturas del Santo Hospital General de Valencia. El 1 de octubre Francisco Donclarós, alguacil de la ciudad, tomó las filiaciones, datos y señas personales de los restantes siete mozos (Joseph Eximeno, Gerardo del Aro, Joseph Sanchis, Joseph Llovera, Mariano Broseta, Joseph Hernández, Joseph Domínguez), para remitirlas al Cardenal Molina y que éste decidiera su destino57. A estos siete mozos, hay que añadir el caso de Roque Comeche, entregado el 13 de septiembre por el alguacil de Alcublas (población situada a 8 leguas de Valencia, por entonces considerada un arrabal de la ciudad). Las sumarias de su caso no aparecen en la documentación estudiada, ni tampoco sus señas personales ni filiación, aunque sí figura que fue sentenciado a servir cinco años en el Revista de Historia Militar, 123 (2018), pp. 63-80. ISSN: 0482-5748 54  Ibíd., f. 5 r. 55  Ibíd., f. 7 r. y v. 56  Ibíd., ff. 21 y 22 r. 57  Ibíd., ff. 22 v. a 25 r.


Revista de Historia Militar 123
To see the actual publication please follow the link above