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José Luis Rodríguez-Villasante y Prieto aplicarse a los conflictos armados internos donde, sin delimitar categorías es-pecíficas armadas que hayan depuesto las armas y las personas puestas fuera de combate por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa» (artículo 3 co-mún además, el Protocolo II adicional protege de forma específica a todas las per-sonas participar en ellas, estén o no privadas de libertad; a los niños; a las personas privadas de libertad por motivos relacionados con el conflicto armado, ya estén internadas o detenidas; a los heridos, enfermos y náufragos, hayan o no toma-do parte en el conflicto armado; al personal sanitario y religioso; a la misión médica; a la población civil, y a las personas civiles. situaciones de conflicto armado, particularmente en lo que atañe a su inmu-nidad conforme a la deontología), confidencialidad y el derecho a no delación, hay que tener en cuenta la Sentencia de la Corte Interamericana de Dere-chos la Cruz Flores contra la República del Perú, que declara la violación de los principios de legalidad e irretroactividad en perjuicio de la víctima32. 3. LA REACCIÓN INTERNACIONAL ANTE LOS REITERADOS ACTOS DE VIOLENCIA CONTRA LA ASISTENCIA DE SALUD EN LOS ACTUALES CONFLICTOS ARMADOS 3.1. La temprana respuesta del Movimiento Internacional de la Cruz sanitarios en caso de conflicto armado, la XXXII Conferencia Interna- Una valoración jurídica». El Derecho Internacional: normas, hechos y valores. Liber ami-corum Universidad Complutense de Madrid 2005. 64 ni utilizar este término, se distingue entre las «personas que no parti-cipen directamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas a los Convenios de Ginebra) y quienes participan en la lucha armada. Y, que no participen directamente en las hostilidades o que hayan dejado de Por lo que se refiere a la protección general de la misión médica en las (nadie podrá ser castigado por haber ejercido una actividad médica Humanos de 18 de noviembre de 2004, en el caso de María Teresa de Roja y de la Media Luna Roja y otras organizaciones sanitarias La XXXII (2015) Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Me-dia Luna Roja y la asistencia de salud en peligro (Health Care in Danger) Profundizando en la protección de los heridos, enfermos y náufra-gos, de la misión médica y del personal, y de medios y transportes 32  pérez gonzález, M. «El acto médico a la luz del derecho internacional humanitario: José Antonio Pastor Ridruejo. Madrid: Servicio Publicaciones Facultad de Derecho Revista Española de Derecho Militar. Núm. 108, julio-diciembre 2017


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