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José Luis Rodríguez-Villasante y Prieto el caso de enfermedades transmisibles o en el ámbito de delitos graves que atenten contra la seguridad nacional. asistencia de salud posible, los agentes de salud deberán tener en cuenta el uso equitativo de los recursos47. recogido en el número tercero, pues determina la función primordial del personal de la salud, que no es otra que proteger la salud física y mental de las personas y aliviar el sufrimiento («aliviar el sufrimiento de la humanidad» es el contenido del principio de humanidad). Prin-cipio y se completa con el principio de no discriminación de ningún tipo (que recuerda el de imparcialidad). Estos tres principios se aplican en tiempo de paz o en tiempo de conflicto armado u otras situaciones de emergencia. para el personal de salud en tiempo de conflicto armado y otras situa-ciones y facilidades (la inmunidad del personal sanitario que garantiza el DIH) y declara que en ningún caso se utilizarán para fines diferentes48 de las necesidades de la asistencia de salud, como los experimentos médicos. u otras formas de tratos crueles, inhumanos o degradantes. Es evidente la referencia al derecho internacional de los derechos humanos y al DIH. Cautelarmente, se dispone que tampoco están exentos de este deber en tiempo de conflicto armado u otras situaciones de emergencia49. Además, se prohíbe expresamente que los agentes de salud se hallen presentes en tales actos o participen en su ejecución. 78 2.º Los principios éticos de la asistencia de salud, y 3.º La conciencia del personal de salud. No desconoce este principio que, al proporcionar al paciente la mejor Sin embargo, no cabe duda de que el principio fundamental es el que cita a continuación para calificar la prestación de los cui-dados médicos, al que se añade el respeto a la dignidad del paciente Seguidamente, el cuarto principio es una limitación específica de emergencia. Parte de que este personal goza de privilegios Por último, el quinto principio enuncia en términos imperativos (cua-lesquiera que sean los argumentos aducidos…, jamás…, en ninguna cir-cunstancia) el deber del personal de salud de no aceptar los actos de tortura 47  nathanson, V. Op. cit., pág. 202. 48  nathanson, V. Op. cit., pp. 206-207. 49  nathanson, V. Op. cit., pp. 210-212. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 108, julio-diciembre 2017


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