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María Luisa de Torres Soto del estagirita y del aquinate, Andorno concibe la sabiduría política como «la virtud que permite valorar los pros y los contras de las diversas alter-nativas bien de la sociedad»5. acompañarla para considerar a la acción como buena: la fortaleza, para realizar el bien difícil de alcanzar; la justicia, al considerar los bienes que se deben evaluar equitativamente en relación con las personas a las que nuestra acción concierne, y la templanza, que domina el carácter instintivo de los afectos e intereses individuales y de las presiones sociales y am-bientales6. decisiones sobre determinadas actividades de las que se sospecha, con un cierto fundamento, que son portadores de riesgo para la sociedad, pero sin que se tenga a mano una prueba definitiva y contundente de tal riesgo. En tales supuestos: sentido el ethos de la cautela8, lo que hace ver que no solo es una tarea de políticos o de científicos. Si bien no se puede pedir al legislador el cono-cimiento jurídicos para no cometer errores o, de no ser posible, al menos, no cometer los innecesarios. Así, las únicas equivocaciones permitidas son las imposi-bles causen daños a las personas. Esta podría considerarse la aplicación práctica de la ética política. casabona, C. M.ª (ed.). Principio de precaución biotecnología y derecho. Granada: Coma-res, Jurisprudencia Argentina. Suplemento de Bioética. 2003, pp. 962-968. 88 que se presentan, y tomar las decisiones que contribuyan al mayor La prudencia tiene como corolario otras disposiciones que deberán Pues bien, el gobernante debe tenerlas en cuenta a fin de tomar «La autoridad política y gubernativa debe hacer un esfuerzo de prudencia, es decir, de una adecuada apreciación de las circunstancias del caso, para lograr un equilibrio entre, por un lado, el temor irracional ante lo novedoso, por el solo hecho de ser novedoso, y, por el otro lado, una pasividad irresponsable, ante prácticas o productos que pueden re-sultar gravemente nocivos para la salud pública o el medio ambiente»7. En el ámbito de la responsabilidad con la sociedad es donde cobra empírico del científico, sin embargo, sí puede poner los medios de prever por el Estado o la ciencia o que, pudiendo ser previsibles, no 5  andorno, R. «Validez del principio de precaución como instrumento jurídico». romeo pág. 18; andorno, R. «Pautas para una correcta aplicación del principio de precaución». 6  sgreccia, E. Manual de Bioética. México: Diana 1994, pág. 139. 7  andorno, R. Op. cit., pp. 17-18. 8  cortina, A. «Fundamentos filosóficos del principio de precaución». romeo casabona, Revista Española de Derecho Militar. Núm. 108, julio-diciembre 2017 C. M.ª Op. cit.


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