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El principio de precaución como principio general del derecho bélicos en un conflicto sin arriesgar, o al menos exponiendo al mínimo, la vida de cualquier persona, porque cualquier persona vale más que el universo físico entero. Por eso, respecto de las guerras de puro desgaste en pérdidas humanas de sus ejércitos y de la población civil, tales como las que, por ejemplo, han manchado de sangre los campos europeos a lo largo de la Edad Moderna y Contemporánea, cabe cuestionar su prudencia, y desde luego, su justicia. Lo peor del caso es que, a pesar de las reiteradas y absurdas crueldades cometidas, la humanidad todavía ha aprendido de-masiado poco. La guerra parece la salida más rápida a un conflicto, pero no pocas veces esa actitud ordinariamente ayuna de paciencia, requisito indispensable para la fortaleza, y consecuentemente, para la prudencia, se trueca en injusticia. La cuestión de “¿hasta qué punto no se podrían haber arbitrado otros medios fundamentalmente a largo plazo, tanto de ayuda a los que sufren como coercitivos para los que atacan injustamente, antes de dar paso a la abierta lucha bélica?” seguirá siendo siempre un interrogante que aflore en la conciencia de los que las desencadenan»15. Por todo lo expuesto, es necesario distinguir la precaución de otros conceptos16. Así, siguiendo a Ewald, la relación entre la sociedad y el ries-go a lo largo de la historia se ha establecido en tres etapas: previsión, pre-vención y precaución17. La previsión conoce el riesgo y los nexos entre riesgos y daños, busca el bien, procura evitar el daño; la precaución evita los obstáculos extrínsecos al bien, es decir, las circunstancias que impiden realizar la actuación correcta, pues supone un desconocimiento a priori del daño, al ser imposible identificar con antelación los efectos dañinos o peligrosos que pueden producirse a medio y largo plazo. Es decir, la pre-caución actúa cuando no están claras las medidas que adoptar para evitar el daño18 por la imposibilidad de cálculo del daño y de los nexos entre am- 15 Traducción por sellés, F. «La virtud de la prudencia según Tomás de Aquino» (I). Servicio de Publicaciones de la Universidad de Navarra. Cuadernos de Anuario Filosófico, 1999, n.º 90. 16  La Agencia Europea de Medioambiente (AEM) en Lecciones tardías de alertas tem-pranas: el principio de precaución (op. cit.), diferencia, entre actividad de prevención, acti-vidad de prevención cautelar y precaución. Prevención: conocemos los riesgos. Prevención cautelar: conocemos los riesgos, pero ignoramos su potencialidad. Precaución: desconoce-mos los riesgos por falta de certidumbre científica. 17  Vid. ewald, F. «Le regtoru du manin génie. Esquisse d´un philosofphie de la précau-tion ». Cit. en godard, O. (Dir.). Le principee de précaution dans la conduite des affaires umanines. París: Mason des sciences de l´homme 1997, pp. 99-126. Cit. en losada maes-tre, R. Op. cit., pág. 99. 18  bahona nieto, E. «El principio de precaución, principio orientativo de las decisiones 91 de las Administraciones Públicas». En. romeo casabona C. M.ª (ed.). Op. cit., pág. 251. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 108, julio-diciembre 2017


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