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TEMAS PROFESIONALES otra institución estatal pertinente son oficiales y cumplen con este requisito, ya sea en formato papel o electrónico. Por definición, todas las demás cartas náuticas no son oficiales y a menudo se las denomina no oficiales o comerciales. Estas no son admitidas en conformidad con el Convenio SOLAS (No- OMI) para la navegación marítima. Implicaciones legales de las cartas náuticas De todos los convenios internacionales que se ocupan de la seguridad marítima en cuanto a llevar la carta náutica a bordo un buque, los más importantes que cabe mencionar son: — El Convenio SOLAS, que en su Capítulo V incluye las siguientes reglas que afectan a la carta náutica: • Regla 2. Define las cartas y publicaciones náuticas. • Regla 19. Establece los requisitos de transporte para sistemas y equipos de navegación a bordo: «Todos los buques, independientemente de su tamaño, deberán tener cartas náuticas y publicaciones náuticas para planificar y mostrar la ruta del barco para el viaje previsto y para trazar y monitorear las posiciones a lo largo del viaje. También se acepta una pantalla electrónica de cartas y un sistema de información (ECDIS) que cumpla con los requisitos de transporte de cartas». • Regla 27. Especifica el requisito de mantener actualizadas las cartas y publicaciones náuticas. Las tres reglas muestran el requisito de llevar a bordo cartas y publicaciones náuticas, que de acuerdo a la OMI se puede hacer mediante el uso de: • Cartas de papel oficiales y actualizadas. • Cartas náuticas electrónicas (ENC) actualizadas con el uso de un ECDIS acreditado (complementado con un dispositivo de respaldo apropiado). — La OMI, que desde julio de 2002 ha establecido una enmienda al Capítulo V de SOLAS sobre los requisitos de llevar ECDIS en buques con requerimientos OMI. Existe una posterior al mismo Capítulo, con entrada en vigor el 1 de enero del 2011 y con un período de transición de siete años, por la que exige a otros buques el uso del ECDIS para cumplir así el Convenio SOLAS. Estas enmiendas se resumen en la siguiente figura: 946 Diciembre


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