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El principio de distinción y la identificación positiva idóneos para debilitar al enemigo que ostenta un mayor poder militar y tecnológico8. La victoria militar –en el sentido clásico– ya no constituye el principal objetivo de los contendientes, sobre todo cuando se sabe que la otra parte ostenta una capacidad militar superior. Ahora el propósito capital reside en dificultar las operaciones militares del enemigo y debilitarle tanto moral como públicamente, lo que suele conseguirse a costa de menosca-bar el principio de distinción, pues los combatientes o guerrilleros muchas veces no portan uniformes ni llevan signos distintivos para distinguirse de la población civil, utilizan bienes civiles para lanzar sus ataques, emplean escudos humanos para evitar que sean atacados y ocultan objetivos milita-res entre bienes civiles9. Además, se prescinde constantemente de un enfrentamiento armado directo y, en el caso de que se produzca, normalmente, tiene lugar en zonas urbanizadas densamente pobladas, siendo la población civil un elemento más de apoyo a los grupos armados, obteniendo estos inteligencia para sus escaramuzas y emboscadas, tácticas propias de la denominada guerra de guerrilla y de la técnica de golpear y correr –hit and run–10. Esto supone una ventaja militar para los grupos armados y serias dificultades para las Fuerzas Armadas, situando a los soldados que combaten en una atmósfera de extraordinaria tensión, incertidumbre y confusión, ya que sobre ellos recae la responsabilidad de distinguir al combatiente, guerrillero o persona que participa directamente en las hostilidades, de la persona civil, todo ello en un mínimo y escaso periodo de tiempo que delimita la vida de la muerte, lo justo de lo injusto y, en definitiva, una posible actuación criminal de una que no lo sea. En este orden de ideas, las principales características de los modernos −− El enfrentamiento armado suele tener lugar entre Fuerzas Arma-das y actores armados no estatales, lo que supone prima facie que nos hallemos ante contiendas armadas no internacionales, al no concurrir una lucha armada entre Estados, salvo que dicho grupo esté controlado por un tercer Estado, en cuyo caso podríamos en-contrarnos 8 pfanner, T. Op. cit., p. 151. 9 Cfr. john hopKins, M. Op. cit., p. 477; cfr. Wolf heintschel von heinegg, «Asym-metric warfare: how to respond?». International Law Studies, vol. 87. 2011, p. 471. 10 rogers, A.P.V. «Unequal combat…». Op. cit., p. 5. 11 Cfr. aKanDe, D. «Classification of armed conflicts: relevant legal concepts». En Wilmshurst, E. (ed.). International Law and the classification of concepts. Oxford: Uni- 57 conflictos armados pueden resumirse en lo siguiente: ante un conflicto armado internacionalizado11. Revista Española de Derecho Militar. Núms. 109 y 110, enero-diciembre 2018


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