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Abraham Martínez Alcañiz una función de combate de aquellas otras que no la realizan102. Evidente-mente, relevante en torno a los integrantes de los grupos armados organizados es que pueden ser atacados en todo momento, siempre que no estén fuera de combate, hayan depuesto las armas o estén heridos o enfermos. En cualquier caso resultará necesaria una previa identificación positiva del miembro del grupo armado, siendo imprescindible la obtención de infor-mación 4.2.3.  Personas civiles que participan directamente en las hostilidades 4.2.3.1.  Concepto en las hostilidades, siendo de vital importancia para el DIH, pues se halla estrechamente vinculada con el principio de distinción103. La realidad de los conflictos armados es que en muchas ocasiones las Fuerzas Armadas no se enfrentan exclusivamente a otras fuerzas armadas enemigas o grupos armados organizados. Lejos de lo anterior, la asimetría imperante en los con-flictos directamente en las hostilidades, pierden ope legis su inmunidad, ex art. 51.3 del PAI y 13.3 del PAII, siendo esto un reflejo de la costumbre inter-nacional104, solamente castiga como crimen de guerra determinados injustos contra las personas civiles que no participan directamente en las hostilidades, lo que significa a sensu contrario que si lo hacen pueden ser atacadas legítima-mente. civiles, pues solamente ostentarán el estatuto de combatientes si reúnen los requisitos anteriormente expuestos, y serán integrantes de un grupo Pavle Strugar, IT-01-42-A, párr. 174 y 175. 86 pueden existir otros factores o criterios que nos sirvan para deter-minar la pertenencia de la persona en cuestión al grupo armado organi-zado, como es el hecho de portar un uniforme u otro signo distintivo. Lo suficiente para ello. Tampoco hay tratado internacional que defina la participación directa armados nos hace ver que hay personas civiles que participan direc-tamente en las hostilidades. Estas personas, por el mero hecho de participar dado que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional Aun así, la pérdida de inmunidad no comporta que dejen de ser 102 melzer, N. «Keeping the balance between military necessity and humanity: a res-ponse to four critiques of the ICRC’s interpretive guidance on the notion of direct participa-tion in hostilities». International Law and Politics, vol. 42. 2010, p. 850. 103 Sentencia del TIPY (Sala de Apelaciones), de 17 de julio de 2008, Prosecutor v. 104 Dinstein, Y. «The conduct of...». Op. cit., p. 146. Revista Española de Derecho Militar. Núms. 109 y 110, enero-diciembre 2018


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