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El principio de distinción y la identificación positiva identificadas positivamente98. A nuestro juicio, el criterio de la Guía del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre la noción de la participación directa en las hostilidades, sobre el hecho que las fuerzas armadas disiden-tes son un grupo armado organizado debe ser matizado, ya que mientras aquéllas formen parte de iure de las Fuerzas Armadas están sometidos a un estatuto particular, mediando un vínculo profesional con el estado. Una vez concluya el referido vínculo profesional sí podrán calificarse como un grupo armado organizado, si reúnen sus características. Partiendo de la premisa de que no hay norma convencional o con-suetudinaria alguna que defina lo que es un grupo armado organizado, lo relevante a los efectos de cumplir con el principio de distinción radica en identificar positivamente a sus miembros99. Siendo conscientes de las críticas vertidas a la Guía del Comité Internacional de la Cruz Roja no podemos desconocer que la misma constituye un punto de partida relevan-te para el debate. Uno de los criterios más coherentes para saber quiénes forman parte de los grupos armados organizados consiste en acudir al con-cepto de función continúa de combate –el cual tampoco está definido en norma internacional o doméstica alguna100–, sin que ello suponga recono-cimiento del estatuto de combatiente, pues solo sirve para distinguir a los componentes de los grupos armados organizados de las personas civiles que participan directamente en las hostilidades. La función continua de combate implica una integración duradera y una pertenencia al grupo armado organizado, determinándose lo anterior por la preparación, realización o comisión de operaciones hostiles que tengan por finalidad perjudicar a la otra parte contendiente; en síntesis, por participar directamente en las hostilidades101. No todas las personas que apoyan o siguen al grupo armado son integrantes del mismo, al igual que no todos los integrantes de las Fuerzas Armadas son combatientes, de ahí que lo relevante sea caracterizar a aquellas personas que ejercen   98  Doc. Guía para interpretar la noción… Op. cit., p. 32.   99  Ibídem, p. 27. 100 Watkin, K. «Opportunity lost: organized armed groups and the ICRC «Direct par-ticipation in hostilities” interpretive guidance». International Law and Politics, vol. 42. 85 4.2.2.2.  Grupos armados organizados 2010, p. 655. 101  Cfr. Doc. Guía para interpretar la noción… Op. cit.,, pp. 34 y 36. Revista Española de Derecho Militar. Núms. 109 y 110, enero-diciembre 2018


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