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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

La responsabilidad del Mando en la conducción de operaciones durarente la ciberguerra... principio: la existencia de un vínculo de subordinación, la obligación del saber del superior y la obligación del superior de actuar. La exigencia de responsabilidad contenida en las normas del DIH, re-feridas tanto al personal civil como militar, impide que el mando u otros superiores eludan su responsabilidad criminal, cuando las ciberoperacio-nes constituyan un crimen de guerra, aunque estos no hayan cometido, Esta norma está contemplada en el Protocolo Adicional I y en los res-pectivos estatutos de la CPI y del TIPAY. Asimismo, se ha visto confirmada por la labor jurisprudencial desarrollada por el TIPAY26, en varios asuntos sometidos en los que se incluyen, además de la investigación y la denuncia (objeto de atención en el punto 3.3.2 del presente estudio), los siguientes elementos: a) Autoridad civil. Sobre la base de la responsabilidad de los superiores jerárquicos, la responsabilidad de los crímenes de guerra puede recaer, no solo en el personal militar, sino también en el civil. b) Relación entre el superior y el subordinado. La relación entre el superior y el subordinado no ha de ser necesariamente directa, de iure. Basta la responsabilidad del superior de facto. Este principio se reconoce en varias sentencias emitidas por el TIPAY y el TPR. Estos Tribunales ad hoc han considerado que el criterio fundamental que hay tener en conside-ración es el control efectivo de los actos de los subordinados, en el sentido de la capacidad material de evitar que se cometan crímenes y castigar a los responsables. En el artículo 25 del Estatuto de la CPI se atiende a la misma noción. c) Los jefes o mandos superiores sabían o deberían haber sabido. La práctica confirma que la responsabilidad no se limita a situaciones en las que el jefe o superior jerárquico tiene un conocimiento real de los críme- 26  Se han desarrollado profundos estudios por parte de la doctrina en relación con esta labor jurisprudencial vinculada a la responsabilidad del mando, entre los que han de desta-carse los siguientes: Domínguez Matés, R., «La doctrina de la responsabilidad del mando a la luz de la actual jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia», en Revista Española de Derecho Militar, n.º 91, enero-junio de 2008; pp. 17-42; Pérez- León Acevedo, J. P., «La responsabilidad del superior “sensu estricto” por crímenes de guerra en el Derecho Internacional Contemporáneo», en Revista Colombiana de Derecho Internacional, n.º 10, Bogotá (Colombia), noviembre de 2007, pp. 153-198. 135 3.1. La existencia de un vínculo de subordinación personalmente, el acto que constituye tal crimen internacional. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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