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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

La implicación del Ministerio de Defensa en la preservación del medio marino intervención de la UME en las emergencias marítimas de carácter grave, aunque sea, como inexplicablemente señala su Protocolo de Intervención, a título excepcional. En el Sistema Nacional de Respuesta, no se hace alu-sión directa alguna a la eventual intervención de la UME ni de la Armada, ni a los supuestos o al modo en que habría de efectuarse, aunque se inte-gran el Director General de política de Defensa y el Almirante Segundo Jefe del Estado Mayor de la Armada en el Consejo de Dirección, y el Jefe de la División de Operaciones del Estado Mayor de la Armada y un re-presentante de la Unidad Militar de Emergencias en el Consejo Técnico Asesor, en relación con las emergencias de gran magnitud o peligrosidad. Los Planes Territoriales no suelen incluir mención alguna a las FAS, aunque en la práctica es habitual su intervención a través del Servicio Aé-reo de Rescate del Ejército del Aire (SAR), por ello, consideramos que sería positivo que en los planes territoriales se incluyera la participación, o al menos se previera esta posibilidad, de algún representante de las FAS en los órganos asesores y de coordinación territorial, pues si bien su actuación se halla sometida a la previa solicitud autonómica y ulterior autorización del Ministerio del Interior, aquellas están presentes en todo el litoral espa-ñol y pueden aportar su experiencia en auxilio a catástrofes a los aludidos Constituye una muestra de la tendencia señalada el Plan Territorial de Contingencias por Contaminación Marina de Galicia94, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia en fecha 16 de noviembre de 2006 (Sec-ción I, Capítulo 5), entre los principales organismos y servicios implicados en su puesta en práctica, no efectúa referencia expresa alguna ni al Minis-terio de Defensa, el SAR, la UME, o en particular a la Armada, pese a la señalada presencia en la costa gallega de los medios materiales y humanos de esta última, y sin embargo, sí se alude a otras instituciones como la Guardia Civil (Servicio de Protección de la Naturaleza y Servicio Maríti-mo), también de ámbito nacional. No obstante lo expresado, en el Plan Territorial de Contingencias por Contaminación Marina Accidental de la Ciudad Autónoma de Ceuta sí se contempla la presencia de las FAS, en concreto, de la Comandancia Ge-neral de Ceuta (Estado Mayor), entre las principales entidades vincula-das a la operatividad del Plan, incluyéndose un representante de aquella en el Consejo Asesor, que es un comité técnico que asiste al director del Plan en los diferentes aspectos de la emergencia, así como en el Centro de 94 Vid. Resolución de 23 de abril de 2007, de la Dirección General de Recursos Mari-nos (DOGA núm. 88, de 8 de mayo). 237 órganos. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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