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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

Sobre la militarización y la seguridad del espacio utraterrestre de armamentos en el espacio exterior. Sin negociaciones multilaterales o indicios ciertos de conductas a seguir, será extremadamente difícil lograr consensos. b) La falta de acuerdo entre las principales potencias espaciales La falta de acuerdo entre las principales potencias espaciales resulta un obstáculo severo al desarrollo de una norma que pueda ser efectiva en materia de seguridad. A largo plazo debe pensarse en una norma que pueda involucrar a todos los actores en la arena espacial y, particularmente, a las principales potencias. En caso contrario, ese tratado internacional, código de conducta o líneas rectoras carecerá de toda efectividad y el esfuerzo habrá sido inútil. Las diferencias existentes entre los Estados Unidos, por un lado, y China y Rusia, por otro, hacen difícil pensar en la puesta en vi-gencia de una norma que los involucre a los tres. Evidentemente cualquier c) La diferencia existente entre los proyectos presentados Como hemos señalado, existen diferencias de naturaleza jurídica entre la primera alternativa y las dos restantes. La propuesta de Rusia y China se centra en la puesta en vigencia de un tratado internacional, es decir, una norma jurídica de carácter vinculante. En este sentido, hemos adelantado también que resulta realmente difícil pensar que la comunidad internacio-nal pueda aceptar semejante obligación. Nótese que, en el ámbito espacial, no se han celebrado tratados internacionales desde el Acuerdo de la Luna de 197971. No creemos que un tratado en un área tan sensible como la pre-sente pueda apartarse de la práctica de elaborar otro tipo de normas, consi-deradas para algunos juristas como de soft law. En este sentido adherimos a las palabras de Gutiérrez Espada, con referencia a la propuesta China, quien afirma: «… desde un punto de vista político, o de realismo si se prefiere, parece difícil que prohibiciones tan absolutas como las propuestas sean aceptadas por quienes deberían para que las mismas fuesen efectivas y útiles»72. Considerando los aspectos positivos y negativos, retomaremos el in-terrogante acerca de la factibilidad pero modificando su entonación, ahora diremos: ¿de qué manera se podría lograr algún tipo de consenso? Lo pri-mero que quisiéramos abordar es el tipo normativo de este futuro acuerdo. Entendemos que, dado el escenario actual, resultará imposible poner en vigencia un tratado internacional en materia de seguridad espacial. Des- 365 acuerdo que pueda alcanzarse sin ellos carecerá de efectividad. 71  El cual cuenta con escasas ratificaciones y poca aplicación. 72 Gutiérrez Espada, C., op. cit., p. 29. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


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