Page 385

REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100

La justicia en la División Azul completos, sí son lo suficientemente ilustrativos para permitir extraer de ellos algunas conclusiones, entre las cuales merecen mencionarse, a mi juicio, las siguientes: – El número de procedimientos seguidos por delito en la División y en la Legión Azul, es un número que se puede considerar pequeño, si se tiene en cuenta que por ambas Unidades pasaron más de 45.000 personas en un periodo superior a los dos años y medio. Aparte de ello, una importante proporción de esos procedimientos corresponde a infracciones delictivas que podíamos considerar menores (como fue el caso de los hurtos de poca cuantía y muchos de los delitos puramente militares). – Ello quiere decir que la conducta de la inmensa mayoría de los di-visionarios fue, en general, bastante correcta y disciplinada. Que la División Azul fue una unidad disciplinada queda demostrado por su propio historial militar. Cuando la División tuvo que atacar, atacó; y cuando tuvo que defender una posición la defendió, sin que se diera un solo caso en que la disciplina de una de sus unidades se vie-ra quebrantada, ni siquiera en los peores momentos, ni durante los combates más duros; al contrario de lo que pasó en otras unidades de voluntarios como, por ejemplo, y sin ir más lejos, en las Brigadas Internacionales durante la Guerra de España. Y esa afirmación de que la División fue una unidad disciplinada no la desvirtúan ni los informes ocasionales del Ejército alemán sobre incidentes puntuales con la población civil, que los hubo, ni esos propios incidentes que fueron la excepción y no la regla, ni tampoco la conducta reprobable de un número limitado, y casi diríamos inevitable, de divisionarios que tuvieron que ser condenados o sancionados por ello. – Que los divisionarios tuvieran un buen comportamiento general se debe, en mi opinión, a tres razones fundamentales. Una, el propio carácter de los divisionarios, la inmensa mayoría de los cuales eran jóvenes vo-luntarios con una fuerte motivación política, que ensalzaba los valores morales, y en muchos casos con una fuerte motivación religiosa; otra, el propio interés y preocupación que tuvo el mando de la División en que sus miembros se comportaran adecuadamente, no solo por el riesgo que podía suponer para la efectividad de la Unidad la mala conducta de sus soldados, sino porque, como decía el teniente coronel Díaz de Villegas, la División se consideraba el «escaparate de España ante Europa». De esa preocupación son muestras, entre otras cosas, los Bandos dictados por el general Muñoz Grandes, la repatriación de quienes observaban 395 Revista Española de Derecho Militar. Núm. 100, enero-diciembre 2013


REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 100
To see the actual publication please follow the link above