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José Luis Rodríguez-Villasante y Prieto el uso de armas explosivas en zonas pobladas, la transferencia de armas, la existencia de armas nucleares y la falta de regulación de las empresas priva-das III. EL MOVIMIENTO INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA Y DE LA MEDIA LUNA ROJA A. Introducción En 1862 publica el ginebrino Henry Dunant su «Recuerdo de Solferi-no », relatando los horrores vividos en el campo de Solferino (Lombardia, 1859) y nacía en 1863 el «Comité de los Cinco» origen del Comité Interna-cional suizo de la Conferencia Diplomática de 1864, que concluyó con la firma del Convenio de Ginebra del 22 de agosto de 1864, para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos de los ejércitos en campaña. proteger a los heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña. Esta similar protección durante los conflictos armados se reiteró en los Con-venios Haya de 1907 sobre ampliación a la guerra marítima de los principios del Convenio de Ginebra. En la actualidad se concreta en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y en sus tres Protocolos Adicionales. 166 militares y de seguridad. Y, naturalmente, como reto esencial, el estable-cimiento de un mecanismo eficaz para el cumplimiento del DIH. de la Cruz Roja6. La consecuencia fue la convocatoria por el Gobier-no Así pues la Cruz Roja y el DIH contemporáneo7 nació en 1864 para de Ginebra de 1906 y de 1929, así como en el X Convenio de La Revista Española de Derecho Militar. Núm. 104, julio-diciembre 2015 B. Definición Es clásica y bien conocida la definición del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja: El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja es una institución con fines humanitarios inspirada en unos idea-les filosóficos, recogidos en los Principios Fundamentales. 6  Bugnion, François (1986), Le Comité International de la Croix-Rouge et la protection des victimes de la guerre, Comité International de la Croix-Rouge, Ginebra, pp. 11 y ss. 7  C. Gutiérrez Espada y M. J. Cervell Hortal han resaltado que los resultados más descollantes de la codificación del Derecho Internacional son las normas relativas al modo de hacer la guerra ius in bello. En la obra El Derecho Internacional en la encrucijada. Curso de Derecho Internacional Público. Trotta, Madrid, 2012. p. 239.


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