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La muerte del ornitorrinco: un paso atrás en el cumplimiento del Derecho… cumplimiento de este sistema normativo, por su propia racionalidad (mu-chas veces coincidente con el interés militar), aceptación universal por los Estados, temor a las represalias, impacto en la opinión pública mundial (cada vez más sensibilizada ante las violaciones del Derecho Internacional Humanitario) y consenso de la comunidad internacional (Organización de las Naciones Unidas, Estados y Organizaciones no gubernamentales) sobre la necesidad de respetar las reglas del DIH como instrumento de paz para la supervivencia de la humanidad. No obstante, como afirma el secretario general de las Naciones Uni-das25, a pesar de las mejoras en el ámbito normativo (Resoluciones del Consejo de Seguridad y de la Presidencia, así como mandatos de las misio-nes de mantenimiento de la paz), la tarea de proteger a los civiles sobre el terreno se ha caracterizado más por sus fracasos que por sus éxitos. Según este informe el estado general de la protección de las víctimas es desalen-tador, estudiando los casos de Afganistán, República Centroafricana, Co-lombia, República Democrática del Congo, Iraq, Libia, Malí, Myanmar, Nigeria, Territorio Palestino Ocupado, Pakistán, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, República Árabe Siria, Ucrania y Yemen. Así en la citada resolución «Fortalecimiento del cumplimiento del derecho internacional humanitario», aprobada en la XXXII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de Media Luna Roja (Ginebra, 2015) se destaca la imperiosa necesidad de un mayor respeto del DIH reconocida por todos los Estados como un reto permanente y esencial. Añadiendo que «… cabe hacer más para abordar las deficiencias y lagunas existentes en la aplicación del derecho internacional humanitario, incluso por partes no estatales en los conflictos armados». V. LAS CONFERENCIAS INTERNACIONALES DE LA CRUZ ROJA Y DE LA MEDIA LUNA ROJA Las Conferencias Internacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja26 son el máximo órgano deliberante y decisorio del Movimiento Inter-nacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Su peculiaridad es que forman parte de ellas, además de los componentes del movimiento (Comité Internacional de la Cruz Roja, Federación Internacional de Sociedades de 25  Naciones Unidas. Consejo de Seguridad. Documento S/2015/453, de 18 de junio de 26 Ver Antón Ayllón, M. y Babé y Romero, M., «El Movimiento Internacional…», en 179 2015. P 2. Derecho Internacional Humanitario, ob. cit. pp. 109 y ss. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 104, julio-diciembre 2015


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