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Prisión provisional La libertad provisional es una medida cautelar intermedia entre la pri-sión provisional y la completa libertad, que trata de evitar la ausencia del imputado, que quedará así a disposición de la autoridad judicial y a las resultas del proceso, obligándose a comparecer periódicamente. Artículo 529. «Cuando no se hubiere acordado la prisión provisional del imputado, el juez o tribunal decretará, con arreglo a lo previsto en el artículo 505, si el imputado ha de dar o no fianza para continuar en libertad provisional. En el mismo auto, si el juez o tribunal decretare la fianza, fijará la cali-dad y cantidad de la que hubiere de prestar…». Artículo 531. «Para determinar la “calidad y cantidad de la fianza” se tomarán en cuenta la naturaleza del delito, el estado social y antecedentes del procesado y las demás circunstancias que pudieren influir en el mayor o menor interés de este para ponerse fuera del alcance de la autoridad ju-dicial ». La libertad provisional, con o sin fianza, en cuanto medida cautelar de naturaleza personal que implica una restricción de la libertad personal, debe ser contrastada con el criterio general que deriva del derecho funda-mental De la referida doctrina se infiere lo siguiente: 1) La legitimidad constitucional de las resoluciones judiciales que acuerdan la imposición de una fianza, cuando sustituye la prisión provisional o permite eludirla, no depende de su adecuación al de-recho a la libre disposición de los bienes, sino a la libertad perso-nal, dado que la no prestación de fianza habilita para el ingreso en prisión o para su mantenimiento, en tal sentido se pronuncia el TC en las sentencias: STC 108/1984, de 26 de noviembre, FFJJ 4 y 6; 178/1985, de 19 de diciembre, FJ 3, en relación con el denominado arresto del quebrado; 66/1989, de 17 de abril, FJ 5; 85/1989, de 10 de mayo; explícitamente en las SSTC 127/1984, de 28 de diciem-bre, FJ 5; 14/2000, de 17 de enero, FJ 7; AATC 336/1995, de 11 de diciembre; 158/2000, de 15 de junio, FJ 2; 169/2001, 16 julio, FJ 4.b). 25  SSTC 56/1997, de 17 de marzo, FJ 9; 14/2000, de 17 de enero, FJ 7; y ATC 312/2003, 199 a la libertad.25 2.2. Cuantía de la fianza según doctrina del TC de 29 de septiembre, FJ 4. Revista Española de Derecho Militar. Núm. 104, julio-diciembre 2015


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