Page 728

BOLETIN IEEE 5

728 En julio de 2015, los representantes de los Estados miembros se reunieron, y publicaron una serie de conclusiones que marcaron el comienzo formal de la práctica de la reubicación. El texto aprobado27 prevé las condiciones en que esta ha de producirse, y en un anexo, señala cuántos refugiados deberá acoger cada Estado en función de sus capacidades. Los países europeos que más refugiados acogerían serían Noruega (3.500 personas), Francia (2.375), Reino Unido28 (2.200), Austria (1.900), Italia (1.989) y Alemania (1.600). Este mecanismo, cuyos tres puntos clave son la emergencia que lo motiva, la rapidez en su puesta en marcha y su carácter provisional, es inédito en su forma. La reubicación es una práctica en la que las decisiones son tomadas por los organismos comunitarios en función de la capacidad de recepción del país de asilo, más que de los criterios de protección específica que son los que definen el reasentamiento. Desde su aprobación se ha producido un movimiento crítico con la reubicación, que ha provocado que muchos países se nieguen a acoger a los refugiados asignados. Un caso aparte es el de Hungría, cuyo Gobierno rechazó participar en el reparto de refugiados en el momento en que este arrancó, y que recientemente celebró un referéndum en el que un 98% de los votantes se opusieron al sistema de cuotas propuesto por la Unión Europea29. En la reunión de los países miembros de la Unión de julio de 2015 también se puso en marcha un programa excepcional por el cual, además de los incluidos en los cupos generales, se reubicaría a 22.504 personas procedentes de Oriente Medio, Cuerno de África y norte de África en un plazo de dos años. Estas cifras no se han cumplido30 y el número total de reubicados hasta el momento asciende a 937. 27 UNIÓN EUROPEA. «Conclusiones de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el reasentamiento mediante programas multilaterales y nacionales de 20 000 personas claramente necesitadas de protección internacional». Disponible en: http://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-11130-2015-INIT/es/pdf. Fecha de la consulta: 23 de enero de 2017. 28 Este reparto fue aprobado antes del referéndum sobre el brexit en junio de 2016. 29 «Hungary referendum: 98 per cent of the voters say “no” to EU migrant quotas». The Telegraph, 2 de octubre de 2016. Disponible en: http://www.telegraph.co.uk/news/2016/10/02/hungary-votes-no-tomigrant quotas-polls-suggest---but-what-does/. Fecha de la consulta: 23 de enero de 2017. 30 «Bruselas denuncia el incumplimiento de las promesas sobre los refugiados». El País, 14 de octubre de 2016. Disponible en: http://internacional.elpais.com/internacional/2015/10/14/actualidad/1444827108_455292.html. Fecha de la consulta: 9 de diciembre de 2016. bie3 ůƌĞĂƐĞŶƚĂŵŝĞŶƚŽLJůĂƌĞƵďŝĐĂĐŝſŶĚĞƌĞĨƵŐŝĂĚŽƐLJƐƵĂƉůŝĐĂĐŝſŶĞŶůĂĂĐƚƵĂů ĐƌŝƐŝƐŚƵŵĂŶŝƚĂƌŝĂ &ĞůŝƉĞDĂŶĐŚſŶĂŵƉŝůůŽ ŽĐƵŵĞŶƚŽĚĞKƉŝŶŝſŶ ϮϬͬϮϬϭϳ ϭϮ


BOLETIN IEEE 5
To see the actual publication please follow the link above