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REVISTA ESPAÑOLA DERECHO MILITAR 106

José Ramón Suberviola Gilabert te mayor, se decidió que era necesario el emplazamiento de un nuevo acuartelamiento, de mayores dimensiones y fuera del casco urbano de la población. Sin embargo, en aquel momento, debido a la conflictividad de las operaciones en curso y demás circunstancias asociadas, se estimó que la apropiación sin más de unos amplios terrenos por fuerzas occidentales sería recibida de manera hostil por la población local y podría incidir negativamente en la percepción hacia ISAF, con un consecuente aumento de la actividad insurgente. mejorar la imagen española en la región. Seleccionando un conjunto de terrenos propiedad privada de varios particulares, se firmó un Acuerdo Técnico con el Gobierno afgano para que este condujera una expropia-ción cesión de uso al contingente español por el tiempo de la misión. Por su parte, los particulares afectados recibirían una compensación extraordi-naria, vida, como parte del esfuerzo de ayuda humanitaria que ya se encontraba prestando en la región. La gestión de los trámites fue llevada en cola-boración la obtención del terreno necesario con un elevado índice de satisfacción entre la población local, lo cual contribuyó al objetivo operacional de mejorar la seguridad del contingente79. En este caso lo que se aprecia es cómo, ante la diversidad de opciones legales disponibles para el mando, se adoptó una decisión lo más acorde posible con el cometido de ISAF, generando un multiplicador de efectos que redundó en el beneficio global de la operación. Aunque la integración de la ayuda humanitaria en con-tingentes el empleo de una herramienta legal oportuna entre todas las disponibles para la consecución de un objetivo militar que, de otra manera, hubiera debido conseguirse mediante el empleo de un mayor número de recursos humanos y materiales. MOPS/020-Afganistan-ISAF/ costly failure?», Revista Internacional de la Cruz Roja, vol. 93, núm. 884, diciembre 2011, pp. 1035-1061. 214 Por ese motivo se optó por una solución que implicara la aporta-ción de un beneficio directo para la población local y que contribuyera a de los mismos, los unificara bajo un mismo título y efectuara una independiente de lo que pudiera corresponderles por la expropia-ción a costa de sus autoridades locales, para favorecer sus condiciones de entre autoridades españolas y afganas y el resultado fue el de militares ha sido en ocasiones discutida80, este ejemplo ilustra 79  Estado Mayor de la Defensa. Operación en Afganistán. http://www.emad.mde.es/ 80  Cf. WILLIAMSON, J. A., «Using humanitarian aid to “win hearts and minds”: a Revista Española de Derecho Militar. Núm. 106, julio-diciembre 2016


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