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RHM EXTRA 1 2017

EL EJÉRCITO DE LOS AUSTRIAS Y SUS ORDENANZAS 131 El siguiente texto que podemos considerar, prácticamente, una Ordenanza, es la norma de 1663, consecuencia de una memoria que presentó Lope de los Ríos y fue debatida en el Consejo de Guerra. Finalmente, Felipe IV firma un documento con normas para los Tercios de Castilla, Aragón e Italia, además de otras de carácter general relativas a la organización, tendentes a corregir las arbitrariedades que se producían en las levas y se quería poner coto a la deserción y a los tornilleros. El ejército de Flandes va a ser objeto de una nueva Ordenanza, de las últimas en publicarse y de las más extensas, superando los 80 artículos52. El nuevo texto se emite al advertir el Maestre de Campo General que la gente de los Tercios “no se ejercitan con la continuación que se debe… y asimismo han experimentado irregularidad en el ejercicio de las armas, y que las pocas veces que se forman los escuadrones es con diferentes voces”. El nuevo responsable del ejército en Flandes, va a implantar las voces utilizadas en el Regimiento de la Guardia del Rey, que todos deberán adoptar y respetar; para fortalecer la disciplina avisa que incluye unas instrucciones al respecto “sin que se puedan mudar por provisión, ascenso, u otro accidente de los Cabos de los Tercios, pues con las voces que se darán aquí, se pueden hacer todo género de movimientos para formar cualesquiera de los escuadrones”. A continuación figuran en la Ordenanza las voces y movimientos que a partir de ese momento deberán imperar en los Tercios, lo que convierte a este texto en uno de los manuales de instrucción de la época, cuya lectura da una idea de la complejidad que tiene el cargo de Sargento Mayor53 . A las voces y movimientos siguen ochenta artículos con “el régimen que han de observar los Tercios de Infantería Española”, empezando por la situación como guarnición de una plaza, en la que las compañías se repartirán en tres partes o cuadros, procurando que estos tengan el mismo número de gente, encabezando el primer cuadro la compañía del Maestre de Campo y John H.: El conde-duque de Olivares. El político en una época de decadencia, Península, Barcelona, 1998, págs. 534-535. 52  Ordenanza de 1 de mayo de 1685 impuesta por don Francisco de Agurto Maestre de Campo General de los Ejércitos de Flandes, para el ejercicio, disciplina y otras cosas de los Tercios de Infantería española. 53  “y para mayor facilidad de los movimientos que se usan, y son convenientes en las operaciones de la Guerra, empezando por un Soldado, y una Compañía, se declarará la forma más útil, y practicada en la Guerra, y por ejemplo se discurrirá sobre número, par, y cuatro de fondo (que es el más inteligible, fácil, usado, y conveniente para todo) las reglas adecuadas a la ejecución del Ejercicio, sin que por esto sea impracticable a un buen Sargento Mayor, que con las mismas voces forme los Escuadrones en número impar, pero como se ha dicho, será más conveniente, y fácil con el número par, y así se da ejemplo, y se ejecutará como se sigue”, figurando a continuación voces de mando y la descripción de una variada serie de movimientos. Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2017, pp. 131-134. ISSN: 0482-5748


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