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216 FRANCISCO JOSÉ CORPAS ROJO más un veedor, en tanto que el recibidor actúa con las clásicas funciones de contador del sueldo y pagador de salarios, a lo que se le añaden otras relacionadas con las compras de armas, pólvora, municiones, etc., más propias de un tenedor de bastimentos. El comisario es un depositario de efectos, en la denominación moderna, y realiza todos los cometidos de éste relacionados con los materiales a cargo, desde la responsabilidad en su almacenamiento a la documentación de entrega. Ambos personajes son cuentadantes, de fondos y de inventarios respectivamente, ante la Cámara de Cuentas de Lila (actual Lille). LA ORDENANZA DE TOLEDO DE 1560 PARA EL EJÉRCITO DE ITALIA La ordenanza de Toledo de 24 de diciembre de 156038, para el ejército de Italia, no aporta novedades en materia económico-administrativa con respecto a la 1536, reiterando el cumplimiento de las normas dadas con anterioridad y reformando la composición de la infantería y su número. De estos datos podemos deducir el coste de un tercio en 1560, que alcanza los 13.066 escudos/mes para 3.194 hombres, frente a los 12.998 escudos/mes para 3.115 hombres de la ordenanza de 1536 para este mismo ejército de Italia, lo que supone un incremento inferior al 0.5 % frente a un incremento del índice de precios de la época39 del orden del casi el doble entre 1536 y 1560. La razón de mínimo incremento en el coste del tercio entre ambas fechas es que los sueldos y el número de hombres apenas sufren variación; tan sólo en el empleo de capitán se produce un aumento notable pasando de 14 a 40 escudos/mes. EL DISCURSO DE LONDOÑO U ORDENANZA DE LIERA DE 1568 PARA EL EJÉRCITO DE FLANDES Ya en la segunda mitad del s. XVI comienzan a aparecer problemas en los ejércitos de la Monarquía Hispánica, la multiplicación de los frentes de batalla, los motines por falta de pagas, las quiebras de la Hacienda Real en 1557, 1575 y 1597 sólo en la segunda mitad del XVI, etc., conducen a una cierta relajación de la disciplina que se pone de manifiesto tanto en los 38  Archivo General de Simancas. Estado, Secretarías provinciales. Leg. 217. 39  Calculado a partir de los trabajos de Martín Aceña, Phelps Brown, Hopkins y Hamilton sobre índices de precios en Castilla en los s. XVI y XVII. Con base 100 para 1501, resulta IP 157.5 para 1536 e IP 286.3 para 1560 (elaboración propia). Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2017, pp. 216-240. ISSN: 0482-5748


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