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EVOLUCIÓN DE LA ORGANIZACIÓN ECONÓMICA MILITAR DE LOS AUSTRIAS 233 des y se os entreguen por nuestro mandato de aquí en adelante, deis y pagueis todos los que por el dicho Duque de Alba, nuestro Capitan General, vos fueren mandados pagar, así del sueldo que la dicha gente de pié y de caballo hobiere de haber, como de otros cualesquier gastos ordinarios y extraordinarios que se hobieren de hacer en el dicho ejército por nóminas y libranzas firmadas de su mano, con intervencion del dicho nuestro Veedor General, y siendo asentadas en los nuestros libros del sueldo por los dichos Alonso de Alameda y Cristobal Castellanos, nuestros Contadores del dicho ejército, y lo que por el dicho Duque de Alba os fuere ordenado pagar que pagueis, segun dicho es; mandamos que en virtud de sus nóminas y libranzas, y de los recaudos que en ellas se mandare tomar sin otro alguno, os sea recibido y pasado en cuenta de los dineros de vuestro cargo; …”. Martín de Eguiluz enumera las características que deben adornar al tesorero general o pagador general del ejército, “conviene sea hombre de mucho crédito, sufrido, y sagaz, porque tiene a su cargo la Hacienda de su señor, que importa el sustento y salud del Ejército; este no se ha de ocupar en cosa de guerra, sino solo en su dinero, que esté seguro y guardado para lo que su Rey, o General ordenare.”60 Las normas contenidas en el nombramiento, breves y concisas en comparación con las dadas al veedor y a los contadores, se completan en la correspondiente instrucción61, en la que se declara que las normas de aquellos son de obligado cumplimiento también para el pagador en lo que le afecta: “Y porque á los dichos Veedor General y Contadores se dá aparte instruccion de lo que han de hacer en el uso y ejercicio de sus oficios, cumplireis lo que en ellas os ordenamos y mandamos, por lo que tocare al vuestro, en las cosas que no se declaran ni expresan en esta.” El mayor detalle de la instrucción del pagador se centra en el libro que ha de llevar y la cuenta que ha de rendir, posteriormente, a la Cámara de Cuentas (antigua Contaduría Mayor). 60  Eguiluz, Martín de: Discurso y regla militar. Ed. Ministerio de Defensa, Madrid, 2001 (Edición original en Madrid 1592), pág. 188. 61  Instrucciones expedidas en Madrid por el Rey D. Felipe II á 12 de Marzo de 1567 advirtiendo á Francisco de Lejalde, nombrado Pagador del ejército, lo que había de observar en el ejercicio de su empleo, en Vallecillo: op. cit., t.13, pág. 22. Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2017, pp. 233-240. ISSN: 0482-5748


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