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238 FRANCISCO JOSÉ CORPAS ROJO las advertencias y penas por fraudes en muestras. Este último extremo es una preocupación importante en toda la época de los Austrias, de hecho las penas para las llamadas plazas supuestas, santelmos, tornilleros, etc., consideradas como fraude a la Hacienda Real se castigan inicialmente con la baja en la unidad, dando cuenta al rey para “remediar” (ordenanzas de Guardas de 1525) y a mediados del s. XVI con la pena de de la vida (ordenanza de Salucia de 1555) y así se mantiene en las sucesivas ordenanzas, además su constante reiteración normativa indica que el problema no se soluciona y así se recoge desde los tratadistas militares a la literatura del Siglo de Oro. El sistema de Veedurías se basa en los libros, primero en pliegos horadados y a partir de 1611 encuadernados, del veedor general y de los contadores generales en los que se asientan tanto los hombres, como los fondos recibidos; en libros semejantes se lleva la administración económica de las unidades. El control de los hombres, iniciado con el alistamiento, se realiza en las muestras en las que han de concordar los libros del veedor y de los contadores generales con los de los contadores de las unidades. A partir de las muestras se redactan las nóminas que se harán efectivas en los pagamentos con cargo a los fondos del pagador general que rinde sus cuentas finalmente, en las que integra todos los pagos que se le ordenan, a la Contaduría Mayor de Cuentas de la Corte en las que acredita los fondos recibidos y justifica los pagos con libranzas y cartas de pago. El jefe nato de la administración económica militar, en cada ejército, es su veedor general, considerado como cargo a un nivel similar al del capitán general dado el sueldo que goza y la escolta de alabarderos que se le autoriza en el nombramiento real; de él dependen el resto de los cargos en el ejército y las unidades. El sistema de Veedurías (1525-1718) se mantendrá en el Ejército hasta las reformas que lleva a cabo la Casa de Borbón, casi doscientos años más tarde, para la época representa un avance en cuanto a organización económica descentralizada cuyos problemas vendrán siempre derivados de la crónica falta de fondos de la Corona para mantener sus ejércitos pagados y avituallados según lo previsto en las ordenanzas. Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2017, pp. 238-240. ISSN: 0482-5748


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