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RHM EXTRA 1 2017

LAS ORDENANZAS DE LAS GUARDAS DE CASTILLA: LA FORMA… 95 marcha la nueva orientación política española proyectada desde Madrid. No obstante, Castilla seguía agotada por lo que postergación de la reforma resultaría clara. De nuevo, resolver los problemas del ejército exterior volvía a ser la cuestión prioritaria en la gestión gubernamental. Las propuestas y soluciones que se barajaron entre los sectores reformistas aparecen reunidas en el memorial que el valido presentó al monarca en 1625 y su resultado fue más bien decepcionante. Por otra parte, la última ordenanza específica para las guardas fue la de 1628, afectándoles algunas disposiciones parciales. En ella lo que se planteaba era si las guardas necesitaban una reforma o solo debía aplicarse el reglamento vigente, es decir, de haberse aplicado la norma en el siglo anterior ¿se podría haber prescindido de las nuevas reglamentaciones sucesivas? Quizá, al considerar el estado de desorganización en que se encontraban, se estimó más pertinente proceder de forma que pareciera que se iba a implantar una amplia remodelación, cuando de verdad fue más aparente que real. Es más, la Junta de Armadas, creada por Felipe II en 1594, luego abolida en 1607 y reanudada posteriormente en 1622, planteó cuatro años más tarde la supresión de las guardas, medida propiciada por la escasez de dinero y por la poca credibilidad que tenían como cuerpo militar y “que lo que se gasta con ellas se aplique el refuerzo de la armada del mar océano, que es la cosa que mas se ha deseado en esta corona que es la guardia y seguridad del mar”. Sin embargo, esta posibilidad no se llevó a cabo y se insistió en que “la gente de las guardas literalmente si fuera bien pagada y muy castigada cuando hiciera algun desorden…y en cuanto a la reformacion de esta gente si se hiciere era fuerza pagarla enteramente. pues mientras no se hiciese no podra ser reformada”. El caso es que, al final, la inercia no se rompió y la situación se alargó hasta 1628, en que nuevamente se intentó solucionar el problema con la promulgación de otro texto orgánico, cuyos resultados no se dejaron sentir, al no cambiarse ni una sola coma de la existente de 1613. De nuevo la guerra en el exterior hacía mantener en el interior la situación que conocemos en donde la ineficacia se superpuso a la consideración social, contribuyendo a alargar una situación sin futuro. Nadie parecía estar interesado en el cambio, ni siquiera los mismos componentes de las guardas. ¿Se quería nuevamente su disolución? ¿Estamos ante un intento de hacer y deshacer en el plano militar tratando de buscar una salida rápida ante tantas carencias? Podemos concluir que, a la vista de la serie de iniciativas tan variadas que hemos recogido en los párrafos precedentes, la eficacia de todas las disposiciones y recomendaciones que acabamos de ver no pareció ser grande, pues ni se remediaron las carencias existentes ni se resolvieron las dificultades con las que se venían estrellando los proyectos gubernamentales desde Revista de Historia Militar, I extraordinario de 2017, pp. 95-100. ISSN: 0482-5748


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