Page 204

Revista_IEEE_12

204 Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos Núm. 12 / 2018 espacial», concretamente las capacidades materiales para identificar y controlar visual-mente las tareas de limpieza.120 Por último, pero no por ello menos importante, está el asunto de posibles patentes tecnológicas o secretos militares o comerciales que pueden albergar algunos de los satélites, y que por seguro llevará a muchos Estados a impedir que otros recojan sus objetos obsoletos ante el recelo de que puedan ser examinados. Una tercera técnica aboga por llevar a cabo tareas «recolectoras», esto es, objetos espaciales que dispondrían de una superficie con materiales absorbentes en los que quedarían atrapados los desechos tras los impactos. No obstante, a pesar de los grandes desafíos que presentan los desechos espaciales, las respuestas dadas desde el derecho internacional y la AGNU han sido poco ambi-ciosas. Como sostiene Jinyuan Su,121 la cuestión ambiental no fue una prioridad du-rante las tareas de elaboración del OST, tal y como pone en evidencia el artículo IX, en tanto que su redacción no estuvo dirigida a «proteger el medio ambiente orbital sino a preservar la experimentación científica espacial». El artículo IX, que incide en la necesidad de regir las actividades espaciales mediante los principios de cooperación y asistencia mutua, y que dicta que los Estados Parte «procederán a su exploración de tal forma que no se produzca una contaminación nociva ni cambios desfavorables en el medio ambiente de la Tierra», en realidad, no dispone de mecanismos de ejecución directa sino que está diseñado para instar a los Estados a abstenerse de crear desechos espaciales, a la par que impone enormes trabas a que un Estado responsabilice a otro de haber acometido una violación al crear nuevos desechos orbitales. En efecto, el artículo aboga no por procedimientos judiciales sino por la celebración de «consultas internacionales». Tras el ensayo ASAT de 2007, Japón fue el único país que denunció abiertamente a China por acometer un acto peligroso, que a su juicio suponía una violación del artículo IX del OST.122 CONCLUSIONES El panorama derivado del incremento de nuevos actores espaciales con políticas de seguridad muy distintas entre ellas provoca varias consecuencias, a saber: por una parte, una mayor inclinación hacia una carrera armamentista que pueda poner en peligro los activos espaciales; por otra parte, la priorización de las grandes potencias por no debilitar sus estrategias espaciales ha desembocado en un significativo cúmulo de obstáculos que frenan la materialización de acuerdos dirigidos a la correcta gestión de los recursos orbitales, así como al control de armas. En definitiva, el mayor número de actividades espaciales unido a la ausencia de mecanismos de regulación y sanción conllevan a un mayor grado de vulnerabilidad del medio ambiente espacial. Lo cierto 120  Jaramillo, C. op. cit., nota 35, p. 37. 121  Su, J. «The environmental dimension of space arms control», Space Policy, 2013, vol. 29:1, p. 62. 122  Moltz, J. C. op. cit., nota 9, p. 104. Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos n.º 12 - Año: 2018 - Págs.: 177 a 214


Revista_IEEE_12
To see the actual publication please follow the link above