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Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos n.º 12 - Año: 2018 - Págs.: 15 a 48 36 Revista del Instituto Español de Estudios Estratégicos Núm. 12 / 2018 De esta propuesta surge la operación militar EUNAVFOR MED Sophia58, en vigor actualmente hasta noviembre de 2018. Su misión se concentra en tres ámbitos bien diferenciados59: i) como tarea central60, detectar, capturar y eliminar los buques y medios que utili-zan o que se sospeche que utilizan los pasadores de fronteras o los tratantes de perso-nas, de conformidad con el derecho internacional aplicable, incluidos la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, así como los mandatos del Consejo de Seguridad. En esta competencia original, la Operación Sophia actuará en tres fases consecuti-vas: FASE I: apoyar la detección y el seguimiento de las redes de migración mediante la recopilación de información y las patrullas en alta mar de conformidad con el derecho internacional. FASE II: iniciada el 7 de octubre de 2015, y que consiste en proceder a visitar, re-gistrar, apresar y desviar en alta mar los buques sospechosos de ser utilizados para el tráfico ilícito o la trata de seres humanos, en las condiciones previstas en el derecho internacional aplicable, incluidos el Convenio de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar61 y el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes (Protocolo de Palermo62). Igualmente, de conformidad con cualquier resolución aplicable del Consejo de Se-guridad de las Naciones Unidas o el consentimiento del Estado ribereño en cuestión, procederá a visitar, registrar, apresar y desviar, en alta mar o en las aguas territoriales y las aguas interiores de dicho Estado, los buques sospechosos de ser utilizados para el tráfico ilícito o la trata de seres humanos, en las condiciones establecidas en dicha resolución o consentimiento. 58  Decisión 2015/778/PESC del Consejo, de 18 de mayo de 2015, relativa a una operación militar de la Unión Europea en el Mediterráneo central meridional, DO, L 122, de 19.05.2015. Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es. Véase «Resolución del Consejo de Seguridad 2240» (2015) de 9 de octubre. 59  Se ha producido una ampliación de funciones por decisión 2016/993/PESC del Consejo, de 20 de junio de 2016 (DO, L 162, de 21 de junio de 2016) y por decisión 2016/2314/PESC del Consejo, de 19 de diciembre de 2016 (DO, L 345, de 20.12.2016). VACAS FERNANDEZ, F. «The european operations in the Mediterranean Sea to deal with migration as a symptom. From the Italian operation Mare Nostrum to Frontex operations Triton and Posseidon, EUNAVFOR-MED and NATO’s assistance in the Aegean Sea», Spanish Yearbook of Internacional Law, 2016, n.º 20, pp. 93-117, pp. 103-106. 60  Así la considera el Consejo en sus conclusiones de 06.02.2017, calificando a las otras dos tareas como «de apoyo». Ver Conclusiones del Consejo sobre Libia, de (Doc. Consejo 5321/17), disponible en: http://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-5321-2017-INIT/es/pdf. En la misma línea, «Conclusiones del Consejo Europeo», de junio de 2017 (EUCO 8/17, de 23.06.2017). 61  Publicado en BOE, n.º 39, de 14.02.1997. 62  Publicado en BOE, n.º 233, de 29.09.2003.


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