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LA BANDERA NACIONAL: SITUACIÓN, PROPÓSITO Y VALORES... 49 Sin embargo, su programa desagradó a la Reina por pretender aplicar una dura represión a los rivales políticos –para reprimir cierta revuelta pidió “mil muertos”-, cesar masivamente a los funcionarios no adictos y, para adquirir más poder personal, establecer una Regencia ‘trina’ prevista en la Constitución de 1837104 con él mismo como corregente. Como era de esperar, derogó la controvertida Ley de Ayuntamientos aunque, en sentido contrario, disolvió las múltiples juntas revolucionarias locales dejando sólo las de las capitales provinciales. La escasa talla de estadista demostrada por Espartero105 perjudicó su acción de gobierno y provocó la pérdida de admiración incluso de los militares porque tomó decisiones muy controvertidas. Por ejemplo106, la reducción de fuerzas hasta los 90.000 hombres que, si en principio era lógica para volver al estado de paz tras la guerra carlista, se hacía difícil por tener que integrar a los carlistas que aceptaron a Isabel II y desaconsejada a causa de un conflicto fronterizo con Portugal y del riesgo de una guerra con Marruecos; en cambio, la Milicia Nacional superaba los 120.000 hombres armados. Otra medida fue la del 5 de noviembre de 1840 que declaraba como de Infantería los empleos y grados dados a los milicianos nacionales, con lo que igualó el premio a quienes durante la guerra habían permanecido en la retaguardia y las ciudades al de los militares que habían realizado durísimas campañas contra los carlistas en los frentes. Otra medida muy criticada fue la del 8 de septiembre de 1841 por la que incluyó a los oficiales de la Milicia Nacional en los retiros que abonaba el Montepío Militar aunque no habían cotizado para tener ese derecho, perjudicando gravemente los intereses de los oficiales del Ejército porque dicho Montepío se había formado sólo con sus aportaciones y sus fondos tocaba repartirlos entre muchos más beneficiarios. Tras el exilio de la Reina María Cristina el 13 de octubre de 1840, el Gobierno se constituyó en Gobierno-Regencia conforme el artículo 58 de la Constitución hasta que las Cortes votaron el 10 de julio de 1841 al general Espartero como nuevo Regente. Como era de temer, al poco, el 27 de septiembre, en Pamplona comenzó una sublevación para derrocarlo y el 7 de octubre hubo un intento de asalto del Palacio Real para apoderarse de la Reina niña Isabel II y su hermana y sustraerlas al control de Espartero. La firme defensa de la escalera de acceso llevada a cabo por una fracción de alabarderos frustró este golpe. 104  El artículo 57 preveía las posibilidades de que la Regencia fuera de una, tres o cinco personas. 105  Cepeda, José: op. cit., p. 370. 106  Alonso, José Ramón: op. cit., p. 270. Revista de Historia Militar, II extraordinario de 2018, pp. 49-72. ISSN: 0482-5748


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